Ayer comenzó el juicio en la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) del denominado caso Pavez Pavez contra Chile, causa que proviene de 2007 cuando una profesora de religión denunció que quedó imposibilitada de seguir trabajando por ser homosexual.

En este contexto, los representantes de la docente Sandra Cecilia Pavez Pavez pidieron al tribunal que no se vuelvan a repetir eventos similares en ninguna parte del mundo.

“Entendemos que esta sentencia no solo va a impactar a la profesora Pavez Pavez, sino a la sociedad en general para que no haya más discriminación, para que haya igualdad, para que haya respeto por la dignidad de las personas”, afirmó el representante de la víctima, Branislav Marelic.

El caso se relaciona con la presunta responsabilidad internacional del Estado chileno por la inhabilitación, con base en la orientación sexual, de Sandra Pavez para el ejercicio de la docencia de la asignatura de religión en una institución de educación pública, cargo que desempeñaba desde hace 22 años.

Se alega que el 25 de julio de 2007, la Vicaría para la Educación del Obispado de San Bernardo revocó su certificado de idoneidad, requerido por el Ministerio de Educación para ejercer como profesora de religión, con base en su orientación sexual, motivo por el cual ya no podía ejercer como docente.

La representación del Estado indicó en sus alegatos finales que la Pavez no es una funcionaria pública, porque según la legislación chilena labora bajo una corporación de derecho privado y, además, la profesora no perdió su trabajo ni las condiciones laborales de su contrato fueron desmejoradas.

“La presunta víctima era docente de la religión católica y no docente de las religiones en general (…) La profesora Pavez no fue despedida, ni perdió su calidad de docente de planta, sino que fue reasignada a un cargo docente directivo y sin que la legislación le impidiera ejercer la docencia de aula en asignaturas distintas a la religión católica”, dijo la agente Juana Acosta.

Según la demanda de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), la revocatoria del certificado de idoneidad se limitó a hacer explícito que el criterio diferenciador fue la orientación sexual de Sandra Pavez sin ofrecer motivo alguno que supere un test de objetividad y razonabilidad, mucho menos, un escrutinio estricto como el exigido cuando se trata de dicha categoría.

“El Estado omitió realizar un análisis sobre si la revocación del certificado de idoneidad afectaba los derechos de la señora Pavez. Ni la corporación educativa, ni las autoridades judiciales realizaron dicho análisis. Bastó con la decisión de revocatoria de la Vicaría, anunciando que no era idónea y lamentando que hubiera rechazado ayudas médicas y espirituales que le fueron ofrecidas”, expresó el relator de la Corte IDH, Joel Hernández.

Además, se argumenta que Pavez presentó un recurso de protección, el cual fue rechazado por la Corte de Apelaciones de San Miguel al considerar que el acto recurrido no era ilegal o arbitrario, decisión que fue confirmada por la Corte Suprema de Justicia.

La Corte Interamericana de Derechos Humanos también escuchó este jueves a la perita Estefanía Esparza Reyes, quien explicó en su intervención que “la expedición o no del certificado de idoneidad no puede soslayar la obligación de cumplimiento del derecho a no ser discriminado y tal acto podría ser considerado a lo menos ilegal o inconstitucional”.

La audiencia por este caso concluyó este jueves y las partes tienen un mes para presentar los alegatos finales por escrito y, a partir de allí, los jueces estudiarán la posibilidad de dictar una sentencia, para lo cual no tienen plazo límite.