Tal a como lo había recomendado la Corte Suprema, el ministro Carlos Aránguiz rechazó la solicitud de extradición realizada por la embajada de Estados Unidos en contra de Carlos Cardoen acusado del delito de tráfico de circonio.

La petición surge a raíz de una causa pendiente de 1993, donde se le acusa de haber exportado de manera ilegal 130 toneladas de circonio desde Estados Unidos para fabricar y vender bombas de racimo a Irak, entre 1982 y 1989.

En concreto, fue a partir de 1982 que las autoridades policiales de EE.UU. comenzaron a investigar a Cardoen, quien era propietario y director ejecutivo de Industrias Cardoen con sede en Chile y que un año más tarde obtuvo un contrato de Saddam Hussein, entonces líder de Irak, para abastecerlo con bombas de racimo. Dato importante es que en ese momento el país estaba en guerra con Irán.

Dicha acción le habría significado ganancias cercanas a los US$150 millones.

En sus declaraciones el empresario afirmó que desarrollaron “la bomba de racimo con tecnología y componentes nacionales y que la patentó en Chile y los Estados Unidos, aplicando por primera vez el metal de circonio en la submunición, porque este metal es muy seguro ya que produce una energía calórica ascendente, y que no es un arma, ya que se usa también en fuegos artificiales”.

De igual forma, aclaró que vendieron estas bombas a Irak con la anuencia y conocimiento de la autoridad norteamericana, pues Irak era su aliado político en ese momento, en su lucha contra Irán. Luego, tras la invasión de Hussein a Kuwait comenzó la guerra del Golfo y entonces Irak se convirtió en su enemigo y en ese momento se inició una persecución en su contra.

En tanto, la defensa del requerido respecto a la solicitud de extradición precisó que de los 8 cargos iniciales, sólo 3 estarían vigentes para efectos de discutir el requerimiento”.

La Corte Suprema también dispuso la cesación de las medidas cautelares que afectaban al requerido. Recordar que el empresario de 77 años está cumpliendo arresto domiciliario nocturno en su fundo ubicado en la localidad de Santa Cruz, en la región de O’Higgins.

Previamente desde el Poder Judicial habían asegurado que la responsabilidad penal estaba extinguida por la prescripción de la acción penal.