El exembajador Nelson Hadad fue sobreseído de forma parcial por presunta infracción a la ley electoral. La solicitud fue acogida por el 4º Juzgado de Garantía de Santiago, luego que el Ministerio Público no se opusiera al requerimiento del abogado defensor Mario Vargas.

La defensa acusó al Servicio Electoral (Servel) de actuar de manera negligente y temeraria, y solicitó que sea condenado en costas.

Según argumentó Vargas, su petición se sustenta en la inexistencia de antecedentes y hechos constitutivos de delitos, específicamente, por infracción a la Ley 19.884 sobre Transparencia, Límite y Control de Gasto Electoral.

En la misma línea, el defensor detalló que los depósitos cuestionados al exembajador por parte de Aguas Antofagasta, se encuentran acreditados y corresponden al pago de arriendo de uno de sus inmuebles ubicado en la comuna de Vitacura. Al respecto, mencionó que se pactó una mensualidad de $1.150.000 en el contrato de arriendo firmado ante notario el 13 de febrero de 2017, y que tenía fecha de término el día 31 de octubre de 2018.

También destacó que dichos pagos fueron realizados seis meses antes del inicio de su campaña electoral, lo que asegura, tampoco podrían ser incluidos como aportes a su proyecto político.

Por todo ello, el abogado Mario Vargas solicitó que el servicio sea condenado en costas, fundamentando que “por el actuar negligente del Servicio, mi representado ha sufrido perjuicios importantes en su honra, que deben ser reparados y los gastos en los que él ha incurrido por esta causa, sancionados”. Sin embargo, la petición no fue aceptada por la magistrado.

Tras la resolución del tribunal, la Fiscalía no seguirá persiguiendo penalmente por estos hechos a Hadad, quien declaró en mayo pasado por supuestos aportes irregulares a su candidatura a diputado en 2017 por las comunas de Lo Barnechea, Vitacura, Las Condes, La Reina y Peñalolén, y en la cual su hijo, Alberto Hadad, ofició como administrador electoral.