VER RESUMEN

Resumen generado con una herramienta de Inteligencia Artificial desarrollada por BioBioChile y revisado por el autor de este artículo.

La reforma previsional trae una licitación pública cada dos años donde un 10% de afiliados será trasladado a la AFP con menor comisión por cinco años, solo si tiene menos del 25% de afiliados. Estos pueden desistir en 30 días. Podrán cambiarse de AFP en cualquier momento. La AFP ganadora mantendrá la comisión por cinco años. La licitación comienza en agosto de 2027.

Una de las novedades y principales modificaciones que trae este cambio en la industria previsional es una licitación pública, donde, cada dos años, se seleccionará de manera aleatoria al 10% de los afiliados actuales del sistema. Posteriormente, estas personas serán traspasadas a la Administradora de Fondos de Pensiones que ofrezca una menor comisión, la que no podrá incrementar dicha oferta durante cinco años.

Lo anterior, con la condición de que solo podrán participar las AFP que tengan menos del 25% de los afiliados del sistema, fomentando así la entrada de nuevos actores y lograr reducir las comisiones para los afiliados.

¿Los afiliados podrán desistir o cambiarse de AFP?

Los afiliados que sean seleccionados en el proceso de licitación de stock podrán desistir del traspaso de AFP. Para ello, deberá informar su decisión dentro de los 30 días siguientes, una vez notificados por parte de la Superintendencia de Pensiones (SP).

Además, los afiliados mantienen su derecho a cambiarse de AFP en cualquier momento, si consideran que otra administradora ofrece condiciones más convenientes, como una comisión más baja o mejore servicio.

La AFP que gane la licitación deberá mantener la comisión ofertada por al menos cinco años, y esta será uniforme para todos sus afiliados.

¿Cómo funcionará el proceso de licitación de cartera?

En el desarrollo de la licitación del stock de afiliados del sistema, pueden participar todas las Administradoras de Pensiones que existan y operen en aquel momento. Del mismo modo, aquellas que estén en proceso de formación y que cuenten con un certificado provisional de autorización, por parte de la Superintendencia de Pensiones, también podrán participar de la licitación.

Si se da el caso de que no se presente alguna AFP o el proceso se declare como “desierto”, la Superintendencia de Pensiones asignará de forma automática a los nuevos afiliados a la administradora que tenga la comisión más baja a la fecha de ingreso al régimen previsional. Tras ello, los afiliados podrán cambiarse de forma libre a otra Administradora si así lo estiman conveniente.

¿Cuándo se implementará la “licitación de stock”?

Este mecanismo comenzará a regir a partir de agosto de 2027, cuando comience el proceso de licitación.

De forma consiguiente, la Superintendencia de Pensiones anunciará a la Administradora ganadora de la licitación en diciembre de 2027.

Finalmente, el traspaso efectivo de los afiliados se llevará a cabo en junio de 2028.