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Resumen generado con una herramienta de Inteligencia Artificial desarrollada por BioBioChile y revisado por el autor de este artículo.

El nuevo año tributario ya comenzó, lo que significa que la Operación Renta 2026 está próxima. Este trámite, realizado ante el Servicio de Impuestos Internos, implica informar los ingresos del año anterior y determinar obligaciones fiscales. Aunque la presentación suele iniciar en abril, es clave prepararse con anticipación para evitar multas o problemas con el fisco. La declaración es obligatoria para quienes cumplan ciertos criterios, como tener múltiples empleadores, emitir boletas de honorarios o superar ciertos montos de ingresos. El SII ha reforzado el control en declaraciones asociadas a inversiones y activos digitales, lo que requiere precaución.

Aunque estamos en plena temporada estival, el nuevo año tributario ya está en curso y, por lo tanto, la Operación Renta 2026 está a la vuelta de la esquina.

Recordemos que el trámite, que se realiza ante el Servicio de Impuestos Internos (SII), permite informar los ingresos obtenidos en 2025 y determinar si hay que pagar impuestos o si corresponde una devolución.

Si bien la presentación de antecedentes suele comenzar en abril, expertos recomiendan prepararse con anticipación, apuntando que una declaración mal revisada o realizada fuera de plazo puede generar multas, observaciones o problemas tributarios a futuro.

Operación renta 2026: en qué consiste y quiénes deben hacer el trámite

La Operación Renta es el proceso anual mediante el cual los contribuyentes presentan su declaración de impuesto a la renta a través del Formulario 22, documento que consolida ingresos, retenciones, créditos y beneficios tributarios.

A partir de esta información, el SII calcula el impuesto definitivo de cada persona o empresa.

El trámite permite acceder a devoluciones de impuestos, regularizar situaciones pendientes y cumplir con la normativa vigente.

Este es obligatorio dependiendo de la situación particular de cada contribuyente. Por ejemplo:

• Personas que hayan tenido más de un empleador o pagador durante el año.
• Quienes emitieron boletas de honorarios o realizaron actividades como trabajadores independientes.
• Contribuyentes con ingresos anuales superiores a 13,5 UTA ($11.265.804).
• Contribuyentes que hayan solicitado el préstamo tasa cero en el año 2021, para determinar y pagar la última cuota de éste.
• Personas que, aun sin obligación, desean solicitar devolución de impuestos o acceder a beneficios tributarios.
• Empresas, sociedades y personas jurídicas, sin excepción.

Anteponerse a la Declaración de Renta

Para este año, el Servicio de Impuestos Internos ha reforzado el control sobre ciertas operaciones, incorporando mayor detalle en declaraciones juradas asociadas a inversiones, leasing y activos digitales, como criptoactivos.

Esto implica que los contribuyentes deben ser especialmente cuidadosos al declarar este tipo de rentas, ya que la fiscalización será más específica.

Ximena Pérez Brito, abogada tributaria y directora tributaria de EDIG, destaca que uno de los principales errores es asumir que la propuesta del SII no requiere revisión.

“La información que aparece precargada es una base, pero no reemplaza la responsabilidad del contribuyente. Revisar cada dato es clave para evitar observaciones futuras”, explica Brito, por lo que entrega las siguientes recomendaciones.

Anticiparse al proceso: comenzar a revisar antecedentes antes de abril reduce errores y estrés.

No ignorar observaciones del SII: responder dentro de plazo evita sanciones mayores.

Cuidar la declaración de honorarios e inversiones: son áreas que suelen generar diferencias con el SII.

Buscar asesoría cuando la situación es compleja: en casos de múltiples ingresos, inversiones o actividades comerciales, el apoyo profesional puede prevenir contingencias tributarias.

¿Qué pasa si no se declara la renta?

La especialista tributaria de EDIG concluye que la Operación Renta AT 2026 no debe verse solo como una obligación legal, sino como una instancia para ordenar la situación financiera y tributaria.

“Una declaración bien hecha, revisada y presentada a tiempo permite evitar problemas y, en muchos casos, acceder a beneficios tributarios que conllevan a devolución de impuestos”, sostiene.

En ese sentido, afirma que no cumplir con el trámite puede acarrear multas, intereses, bloqueo de trámites ante el SII e incluso la pérdida de eventuales devoluciones. Además, quedar registrado como “no declarante” puede generar revisiones posteriores más exhaustivas.