Minera Escondida fue sancionada con una millonaria multa de más de $7 mil millones por parte de la Superintendencia de Medio Ambiente (SMA). Sin embargo, la compañía presentó un reclamo ante esta sanción, la cual fue admitida por el Primer Tribunal Ambiental.

La empresa Minera Escondida interpuso una reclamación contra la Superintendencia de Medio Ambiente (SMA) tras la millonaria multa que se le impuso por la disminución del nivel de agua en el acuífero Monturaqui, Negrillar y Tilopozo en el Salar de Atacama.

En concreto, la compañía presentó un reclamo contra la SMA ante el Primer Tribunal Ambiental tras la no conformidad por el método ocupado por la Superintendencia para determinar la superación de la extracción máxima de agua de los acuíferos.

Cabe precisar que esto tiene relación con el proyecto de lixiviación de óxidos de cobre y el aumento de capacidad de tratamiento de mineral sulfurado. En este, el umbral máximo estaba estipulado en 25 centímetros en el sector Tilopozo.

Por lo anterior, la SMA estableció una multa de 10.000 Unidades Tributarias Anuales (UTA) en contra de Minera Escondida. Según el Servicio de Impuestos Internos (SII), esto equivale a un monto de $7.486.560.000 (Siete mil, cuatrocientos ochenta y seis millones, quinientos sesenta mil pesos chilenos).

Tribunal Ambiental admite causa de Minera Escondida

La causa presentada por la empresa ante el Primer Tribunal Ambiental, fue acogida por el ente.

Minera Escondida indicó que “la SMA, bajo el pretexto de interpretar la RCA (Resolución de Calificación Ambiental) terminó por crear una obligación nueva”.

Esto, porque la Superintendencia de Medio Ambiente asegura que la minera debía controlar el umbral de agua en diversos puntos.

Sin embargo, Escondida argumenta que el proceso sancionatorio se inició años después del cese de extracción por parte de la compañía.

En la misma línea de la argumentación anterior, la minera ha insistido en que el nivel freático no es exigible en los puntos de monitoreo que consideró el organismo fiscalizador.

“La disminución hídrica que la SMA considera no son casualmente atribuidos a Escondida, sino a extracciones autorizadas de terceros”, asegura la reclamación.