Además, se exigirá que las empresas implementen políticas y procedimientos de prevención / detección de lavado de activos y financiamiento del terrorismo.

La Ley N° 21.575, que modifica diversos cuerpos legales en pos de mejorar la persecución del narcotráfico y el crimen organizado, fue publicada en el Diario Oficial.

En este sentido, y dentro de las distintas aristas que incluye la ley, las automotoras, comercializadores de vehículos nuevos y usados junto a empresas de arriendo de vehículos deben informar obligadamente a la Unidad de Análisis Financiero (UAF) sobre las operaciones sospechosas que adviertan dentro de sus actividades.

Según informó Diario Financiero, las entidades deberán inscribirse en el Registro de Entidades Reportantes de www.uaf.cl y designar un oficial encargado de relacionarse con la institución, a la vez que implementan políticas y procedimientos de prevención / detección de lavado de activos y del financiamiento del terrorismo, lo cual deberá quedar expresado en un manual respectivo.

También las organizaciones deberán reportar de forma oportuna y confidencial las actividades sospechosas que detectan, a través de un Reporte de Operaciones Sospechosas (ROS).

Mantención del registro de transacciones en efectivo y electrónicas por al menos cinco años

La lista de obligaciones sigue: las concesionarias tendrán que informar semestralmente de las operaciones por sobre los US$10.000 realizadas con dinero físico mediante un Reporte de Operaciones en Efectivo (ROE).

Se añade la mantención de registros de las transacciones con efectivo, de las operaciones realizadas por Personas Expuestas Políticamente (PEP) y las transferencias electrónicas por al menos cinco años.

Por último, como una forma de capacitación permanente de sus trabajadores, las empresas deberán revisar las resoluciones del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas en el contexto de la lucha contra el financiamiento del terrorismo y la proliferación de armas de destrucción masiva.