El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Ovalle condenó a 5 años de presidio a un hombre por el delito de femicidio frustrado en contra de su pareja, pero finalmente la pena fue reducida por una llamativa atenuante.

El tribunal consideró como una atenuante que el hombre haya agredido a la mujer después de una infidelidad y modificó la condena.

Según constató la justicia, el individuo golpeó a su cónyuge, para después apuñalarla con una tijera de podar en diversas partes del cuerpo, particularmente en el cuello, dejándola con heridas de gravedad.

“El tribunal consideró en favor del sentenciado la atenuante de responsabilidad penal establecida en el artículo 11 N° 5 del Código Penal, esto es, la de haber obrado por estímulos tan poderosos que naturalmente le hayan causado arrebato u obcecación, toda vez que (…) en el momento previo a la agresión se había develado la infidelidad de su cónyuge,señala el comunicado del Poder Judicial.

Por esta razón, el tribunal redujo el cumplimento efectivo de las penas de presidio por la libertad vigilada, por lo que no estará en la cárcel.