<>strong>El ministro en visita de la Corte de Apelaciones de Santiago, Mario Carroza, dictó este jueves el procesamiento del ex integrante de la DINA Marcelo Moren Brito, por el cargos de homicidio calificado de Isidro Arias Matamala, hecho ocurrido en la región Metropolitana en abril de 1975.

De acuerdo a los antecedentes de la investigación, Isidro Arias Matamala, trompetista de la Orquesta Filarmónica de Chile y militante del MIR, el 2 de abril de 1975 se encontraba, en compañía de otros integrantes del movimiento, pintando consignas propagandísticas en un muro de la comuna de La Granja, momento en el que fueron interceptados por un funcionario de la Policía de Investigaciones, quien al tratar de detenerlos fue repelido por un disparo que le provocó la muerte.

Lo anterior motivó un amplio operativo por parte de la Policía de Investigaciones y de los servicios de seguridad de la época, que concluyó con la detención de un grupo de personas, las que más tarde fueron encausadas por un tribunal militar por su responsabilidad en los hechos” dice la encargatoria de reo.

El juez carroza expone en el fallo que mientras se procuraba la detención de Isidro Arias Matamala, éste fue ubicado, entre los días 3 y 5 de abril de 1975, en un domicilio de la comuna de Santiago, y con la finalidad de evitar su captura se provocó cortes en sus brazos y muñecas.

Según la versión entregada en el parte policial por personal de la Policía de Investigaciones de Chile que participó en el operativo, Arias habría sido retirado con vida desde el interior del inmueble por funcionarios del servicio de inteligencia, quienes posteriormente comunicaron de manera oficial el detenido habría fallecido al interior de un calabozo producto de las heridas autoinferidas.

Sin embargo, el resolución apunta que dicha versión oficial, no puede tenerse por cierta, por cuanto consta en el proceso abundante prueba que demuestra que Isidro Arias Matamala, luego de su detención habría sido trasladado a un centro asistencial y luego conducido hasta el recinto clandestino de detención y torturas conocido como Villa Grimaldi o Cuartel Terranova, donde fue visto por otros detenidos que recuperaron su libertad y entregaron su testimonio con posterioridad.

El magistrado determina que “en cambio ha sido posible establecer que Isidro Arias Matamala, el día 6 de abril de 1975, fue interrogado por un oficial de la Policía de Investigaciones y agente de la Dirección de Inteligencia Nacional, en una habitación al interior del Cuartel Villa Grimaldi o Terranova, presentándose en ella un oficial de Ejército y jefe del recinto, quien dio la orden específica a otros dos agentes cuya individualización no ha podido conseguirse, de conducir al detenido al patio del recinto a fin de golpearlo y castigarlo, ocasión en que las heridas de sus brazos y muñecas fueron sometidas a una presión directa que vulneró cicatrización que tenían y las reabrió, causando una hemorragia y embolia que en definitiva le provocó la muerte por anemia aguda” concluye el procesamiento.

La causa por el homicidio de Isidro Arias Matamala se inició por requerimiento de la fiscal de la Corte de Apelaciones de Santiago, en 2011.