Cuba eliminará a partir del 14 de enero próximo el permiso para salir de la isla, exigido desde los primeros años de la revolución socialista de Fidel Castro en la década del 60, informó este martes la cancillería en La Habana.

La medida también elimina la necesidad de una carta de invitación para viajar al extranjero y prolonga de once a 24 meses la autorización de estancia en el exterior de los ciudadanos cubanos.

“El Gobierno cubano, en ejercicio de su soberanía, ha decidido eliminar el procedimiento de solicitud de Permiso de Salida para los viajes al exterior y dejar sin efecto el requisito de la Carta de Invitación”, indicó un comunicado ministerial entregado a la prensa.

La reforma migratoria fue anunciada hace dos años por el presidente Raúl Castro, quien en 2006 sustituyó a su hermano enfermo, Fidel, y se realiza en el marco de cambios para “actualizar” el modelo cubano.

Pero según explicó el propio Raúl Castro en ocasiones posteriores, se trata de un problema complejo, debido a las tensiones de medio siglo con Estados Unidos, donde viven el 80% de los 1,5 millones de cubanos que residen en el exterior.

El comunicado de la cancillería señaló que “a partir del 14 de enero del 2013 sólo se exigirá ( a los cubanos que deseen viajar) la presentación del pasaporte corriente actualizado y la visa del país de destino, en los casos que la misma se requiera”.

Desde la década del 60, Cuba exige a todos sus ciudadanos un permiso de salida que las autoridades pueden extender o denegar, y cuyo costo es de 150 dólares, una cantidad que resulta alta en un país donde el salario mensual promedio equivale a 20 dólares.

También exige una carta de invitación, que se expide a la solicitud de familiares y amigos residentes en otros países, cuyo costo actual es de unos 200 dólares como promedio, según el país en el que se extienda.

El comunicado informó que “también se ha dispuesto extender a 24 meses la permanencia en el exterior de los residentes en Cuba que viajen por asuntos particulares, contados a partir de la fecha de salida del país”, que hasta ahora es de once meses.

Esos once meses, que debían ser prorrogados mes a mes a un costo de unos 50 dólares, es un plazo máximo, tras lo cual se consideraba oficialmente “desertor” al emigrado, que perdía su residencia y derechos ciudadanos.

“Cuando excedan este término (24 meses) deben obtener, plasmada en el pasaporte, la constancia de la(s) prórroga(s) de estancia correspondiente, otorgada por un consulado cubano”, agregó.

Aclaró que serán acreedores del pasaporte “los ciudadanos cubanos que cumplan los requisitos establecidos en la Ley de Migración, la cual ha sido también actualizada de acuerdo con las medidas adoptadas y entrará en vigor a los noventa días de su publicación en la Gaceta Oficial de la República de Cuba”.

El comunicado no especificó cuáles son esos requisitos, que deben conocerse tras la publicación de la ley, y que limitarán a algunas personas el acceso al pasaporte.

Añadió que “se adoptarán otras medidas relacionadas con el tema migratorio, las cuales sin dudas, coadyuvarán también a consolidar los prolongados esfuerzos de la Revolución en aras de normalizar plenamente las relaciones de Cuba con su emigración”.

Los emigrados cubanos deben visitar su país con pasaporte nacional expedido en los consulados cubanos, aun cuando tengan la ciudadanía en el país que residan, y deben tener además un permiso de entrada cuya duración es limitada a 30 días.