La Corte Suprema condenó a una empresa por el daño ambiental producido por la explotación de áridos en las riberas del río Laja, actividad que provocó una serie de trastornos en las zonas aledañas.

En fallo dividido, los ministros de la Tercera Sala del máximo tribunal Héctor Carreño, Pedro Pierry, Sonia Araneda, Haroldo Brito y María Eugenia Sandoval acogieron el recurso de casación presentado por el Consejo de Defensa del Estado y determinaron que la empresa Tribasa Cono Sur S.A debe reparar el medio ambiente dañado.

La sentencia determina la responsabilidad de la empresa en la serie de daños provocados en terrenos ribereños al río Laja y que resultaron con serios daños a raíz de la crecida del cauce por lluvias en el mes de junio del año 2000.

La sentencia determina que la empresa debe realizar las siguientes acciones para reparar el medio ambiente dañado:

a) Proteger la ribera de erosiones futuras, instalando un sistema de tipo enrocado o de gaviones protegidos.
b) Mejorar los espigones ejecutados y realizar una limpieza del sector.

La decisión se adoptó con el voto en contra del ministro Brito, quien determinó que no correspondía acoger el recurso de casación por estar bien aplicada la ley y la interpretación de la normativa de acuerdo a las reglas de la sana crítica