En respuesta a numerosos reclamos contra las empresas Solución S.A. y Beneficio S.A., el Sernac presentó dos acciones judiciales: una demanda colectiva por cláusulas abusivas en los contratos de la primera y una denuncia en contra de la segunda por vulnerar el derecho a la libre elección e información veraz y oportuna.

Cabe destacar, según lo indicado por la entidad, que entre las citadas cláusulas se encontraban el modificar unilateralmente los contratos -por ejemplo, subir las comisiones o aumentar el cupo de la tarjeta sin avisar ni pedir el consentimiento del consumidor-, otorgar a la empresa mandatos amplios e irrevocables y sin la obligación de rendir cuentas y considerar el silencio del consumidor o la falta de respuesta como una aceptación.

Cabe destacar que el 26 de diciembre pasado el Director Nacional del Sernac, Juan Antonio Peribonio, recibió a los representantes de los trabajadores del holding ECR Group S.A. Complementos Recourse S.A. quienes denunciaron prácticas abusivas en el otorgamiento de créditos a sus trabajadores. El grupo empresarial tiene alrededor de 27 mil dependientes..

Según la denuncia este holding, que provee de recursos humanos a otras empresas, desde hace varios meses les está poniendo restricciones a sus trabajadores para solicitar créditos, particularmente a aquellos afiliados a las cajas de compensación.

Por lo tanto, aquellos que piden créditos sólo lo pueden hacer con la Financiera Solución S.A. que es propiedad del mismo holding en que ellos trabajan.

Luego de analizar los antecedentes, el Sernac el 23 de enero pasado remitió copia de todos los antecedentes a la Superintendencia de Seguridad Social, Suseso, para que en el ámbito de su competencia analice la denuncia.

Simultáneamente, envió un oficio a la Financiera Solución pidiendo más información sobre estas denuncias y tres días después le informó el inicio de una mediación colectiva por cláusulas abusivas en sus contratos.

El 31 de enero de este año, la denunciada contestó que las normativas vigentes que regulan el Crédito Universal no le son aplicables porque “sería una figura establecida para los grandes agentes del crédito”.

Para el Director del Sernac, esta respuesta de la Financiera “es inaceptable porque ellos son agentes de crédito y en consecuencia se les aplica la normativa respectiva, especialmente la Ley del Consumidor, por lo tanto, los antecedentes pasaron a los Tribunales de Justicia”.