La Corte de Apelaciones de Concepción ordenó repetir el juicio contra el alcalde de Cabrero por violencia intrafamiliar, luego de acoger un recurso de la Fiscalía y anular el fallo que absolvió a Mario Gierke.

La víctima, Diana Vidal, se mostró esperanzada en que esta vez su expareja y jefe comunal sea finalmente condenado.

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La resolución fue dictada esta jornada por la Quinta Sala de la corte penquista, que revisó el recurso de nulidad presentado por el Ministerio Público en contra de la sentencia dictada por el Juzgado de Garantía de Cabrero y que había absuelto a Mario Gierke, por las lesiones menos graves contra su expareja.

Fue la abogada asesora de la Fiscalía Regional del Bío Bío, Alicia Salgada, quien se refirió a lo dictaminado por el tribunal de alzada y las consecuencias que tiene para la investigación abierta luego de la denuncia.

En síntesis, los ministros de la corte penquista acogieron los argumentos del Ministerio Público para pedir la nulidad de la absolución lograda por la defensa de Gierke y que tenían que ver principalmente con que el Juzgado de Cabrero no consideró la prueba presentada en el juicio simplificado, ni fundamentó su sentencia para liberar de los cargos al jefe comunal, según explicó la abogada persecutora.

Fue en enero del año pasado que Diana Vidal, tras constatar lesiones menos graves, denunció haber sido agredida por su entonces pareja, abriéndose la investigación que terminó en el juicio contra el alcalde de Cabrero por violencia intrafamiliar.

Vidal, de nacionalidad ecuatoriana, tras conocer el fallo de la Corte de Apelaciones expresó su confianza en la justicia chilena y la esperanza en que en el segundo juicio, Mario Gierke sea condenado.

En caso de ser declarado culpable, el jefe comunal de Cabrero enfrentará una condena de 300 días de cárcel y la suspensión del cargo por el lapso de la pena.

Este artículo describe un proceso judicial en curso
Existe la posibilidad de que los cargos sean desestimados al finalizar la investigación, por lo cual NO se debe considerar al o los imputados como culpables hasta que la Justicia dicte sentencia en su contra.
(Artículo 04 del Código Procesal Penal)