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Resumen generado con una herramienta de Inteligencia Artificial desarrollada por BioBioChile y revisado por el autor de este artículo.

La Defensoría del Pueblo de Panamá solicitó a la Fiscalía investigar a fondo y tomar acciones legales por la muerte de una niña, cuyos padres rechazaron hospitalizarla porque estaba "ojeada". El Ministerio de Salud informó que la menor falleció en Veraguas luego de que su padre rechazara el tratamiento médico y prefiriera llevarla con un curandero.

La Defensoría del Pueblo de Panamá pidió este jueves a la Fiscalía investigar de forma exhaustiva y ejercer las acciones legales por el caso de la muerte de una niña cuyos padres se negaron a hospitalizar y prefirieron llevarla a un “curandero”.

El Ministerio de Salud (Minsa) del país, informó el pasado 12 de agosto que una niña falleció en la comunidad de Pandura, de la provincia interior de Veraguas, luego de acudir a un centro de salud con vómito y diarrea donde se le notificó a los padres que debía ser canalizada (aplicación vía intravenosa) y permanecer en observación.

Sin embargo, el padre se negó y se retiraron del centro de salud sin firmar “el relevo de responsabilidad”.

“El padre indica que no se podía canalizar (a la paciente), ya que la menor había sido atendida por un curandero, estaba ojeada y no se le podía puyar (pinchar). Se les solicitó seguir las indicaciones médicas, sin poder convencerlo”, indicó el organismo.

Piden ejercer acciones legales

Ahora, la Defensoría apuntó a que la ley panameña establece que en casos que lo ameriten y ante la negativa de padres o tutores “el servicio de salud debe activar de inmediato a la Policía de Niñez y Adolescencia y adoptar todas las medidas necesarias para preservar el derecho a la vida” del menor.

La ley también reconoce a los padres, madres y tutores como primeros responsables de la salud y bienestar de sus hijos. “Este deber no es opcional ni puede ser sustituido por creencias, costumbres o prácticas contrarias a la preservación de la vida”, dijeron en un comunicado.

Es así que la “omisión de auxilio, el rechazo injustificado a la atención médica o el permitir que se exponga a una niña a prácticas sin respaldo científico, constituyen conductas que pueden acarrear responsabilidad penal”.

“La Defensoría del Pueblo solicita al Procurador General de la Nación (fiscal general) que ejerza todas las acciones penales que correspondan contra el supuesto curandero y los padres de familia involucrados, y al Ministerio de Salud que investigue la aplicación de los protocolos médicos y hospitalarios en este caso”, expresa el ente humanitario.