En enero de 2026 entra en vigencia uno de los pilares de la Reforma de Pensiones: el Seguro Social Previsional, que busca mejorar los montos que reciben los actuales pensionados, así como de quienes lo hagan en el futuro.
ChileAtiende lo define como un sistema solidario, adelantando que financiará prestaciones con elementos de carácter contributivo y complementos por brechas de género. Hablamos del Beneficio por Años Cotizados y la Compensación por Diferencia de Expectativas de Vida para las mujeres.
¿Cómo se financia este sistema?
El sistema será financiado —en parte— por los empleadores, mediante un nuevo aporte en la cotización que inició en agosto de 2025. Se trata de un 1% adicional, de los cuales un 0,1% va a los ahorros previsionales, y un 0,9% al Seguro Social.
El porcentaje se calcula sobre el sueldo imponible de trabajadoras y trabajadores. Cabe destacar que este irá aumentando gradualmente hasta llegar a un 8,5% en 2033.
Es importante señalar que las personas pensionadas por vejez o invalidez antes del 1 de agosto de 2025, tendrán derecho a ambos beneficios, siempre que cumplan con los requisitos legales correspondientes.
Las prestaciones del Seguro Social
● Beneficio por años cotizados: es un aporte mensual adicional en UF, que tiene el objetivo de reconocer y recompensar a los trabajadores que contribuyeron por un largo periodo. Corresponde a 0,1 UF mensual por cada 12 meses cotizados, con un tope de 2,5 UF mensuales, lo que equivale a 25 años de cotizaciones. Este se sumará directamente a la pensión que ya reciben.
Encuentra más información sobre el Beneficio por años cotizados AQUÍ.
● Compensación por Diferencia de Expectativas de Vida: este beneficio previsional está dirigido a mujeres de 65 años o más, que estén pensionadas por vejez o invalidez, y busca compensar sus ahorros, igualando lo que recibe un hombre cuando ambos se jubilan con la misma edad, saldo de ahorro previsional y grupo familiar.
La compensación mínima es de unos $10.00 al mes (0,25 UF). Además, su entrega está sujeta a un porcentaje según su edad y causal por la que se hayan pensionado. Las mujeres que se jubilen a los 65 años, recibirán el 100% de ella; a quienes lo hagan antes, se aplicará un porcentaje inferior.
64 años: 75%.
63 años: 50%.
62 años: 25%.
61 años: 15%.
60 años: 5%.
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