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La Corte Suprema respaldó las sanciones impuestas por el Colegio Saint George a estudiantes por difundir imágenes de compañeras alteradas con inteligencia artificial. La expulsión de los jóvenes fue revertida por el máximo tribunal, respaldando la decisión del colegio en base a su reglamento interno y la libertad de enseñanza. Se aplicaron medidas reparatorias, pero la Superintendencia de Educación multó al establecimiento con 200 UTM por no proteger adecuadamente a las víctimas. El colegio decidió cancelar la matrícula de los cuatro sancionados.

La Corte Suprema rechazó un recurso presentado por apoderados del Colegio Saint George y respaldó las sanciones dispuestas por el establecimiento. Esto en el marco de la difusión de imágenes de escolares alteradas con inteligencia artificial (IA).

De esta manera, la tercera sala del máximo tribunal revirtió la expulsión de cuatro estudiantes que había sido decretada por la Corte de Apelaciones de Santiago. Así lo informó el Poder Judicial.

El caso se remonta a mayo del año pasado, cuando se reveló que un grupo de estudiantes del exclusivo colegio capitalino crearon imágenes desnudas de algunas de sus compañeras. Utilizando inteligencia artificial y el método denominado “deepfake”, pusieron la cara de escolares en cuerpos de mujeres sin ropa.

Los escolares involucrados fueron sancionados con la condicionalidad de matrícula. Por ello, los apoderados de las niñas afectadas recurrieron a la Corte de Apelaciones, que determinó expulsar a cuatro jóvenes.

Suprema revierte expulsión

Sin embargo, luego de la apelación de los padres de los acusados, el máximo tribunal del país revirtió la decisión, defendiendo lo que determinó el colegio con base en su reglamento.

A juicio del tribunal, se descartó ilegalidad o arbitrariedad, esto porque se aplicó la sanción considerada en su reglamento interno, amparada en la libertad de enseñanza.

“La decisión se incluye dentro de la autonomía que se reconoce a los colegios privados, en ejercicio de su libertad para llevar a cabo su proyecto educativo, que toda la comunidad escolar reconoce y acepta al elegir el colegio recurrido, considerando además que se aplicaron medidas reparatorias, pedagógicas, formativas y psicosociales, que completan el carácter corrector y formador de las sanciones disciplinarias impuestas”, se dijo en el fallo.

Si bien el fallo señala que el colegio aplicó medidas reparatorias, hay que recordar que la Superintendencia de Educación aplicó una multa de 200 UTM (algo así como $13 millones). Esto porque no adoptaron las medidas suficientes para proteger a las víctimas.

Finalmente, mencionar que el establecimiento había informado previamente que decidió no apelar a lo decidido por la Corte de Apelaciones, anunciando que canceló la matrícula de los cuatro sancionados.