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Resumen generado con una herramienta de Inteligencia Artificial desarrollada por BioBioChile y revisado por el autor de este artículo.

Este 25 de diciembre, supermercados y grandes tiendas deberán cerrar por feriado irrenunciable de Navidad, excepto ciertos locales como clubes, restaurantes, cines, farmacias de urgencia, entre otros. La Dirección del Trabajo advierte que aquellos que no respeten esta normativa se exponen a multas que van desde 5 UTM (.710) hasta 20 UTM (.390.480) por trabajador afectado, y deben cerrar de inmediato.

Este 25 de diciembre, supermercados, grandes tiendas y otros comercios deberán permanecer cerrados por el feriado irrenunciable de Navidad.

Sin embargo, algunos establecimientos y servicios están exceptuados de la medida, y podrán atender público durante este jueves.

En el caso contrario, aquellos que estuvieron obligados a bajar sus cortinas, tendrán que permanecer en esas condiciones hasta las 6:00 horas del viernes 26 de diciembre.

Qué locales están abiertos hoy 25 de diciembre de Navidad

Como todo feriado irrenunciable, la ley contempla algunas excepciones respecto a los comercios que sí pueden abrir durante esta Navidad. Estos son:

  • Clubes.
  • Restaurantes.
  • Establecimientos de entretenimiento, tales como: cines, espectáculos en vivo, discotecas, pubs y cabarets.
  • Locales comerciales en los aeródromos civiles públicos y aeropuertos.
  • Casinos de juego legalmente autorizados.
  • Establecimiento de venta de combustibles (bencineras o bombas de bencina).
  • Farmacias de urgencia y de turno.
  • Tiendas de conveniencia asociada a establecimientos de venta de combustibles, que preparen comida en el mismo local.
  • Además, según informó la Dirección del Trabajo durante esta semana, no existe impedimento legal para que un negocio de barrio pueda abrir en un día de feriado irrenunciable, siempre que la atención sea efectuada por su dueño o familiares directos.

    Multas por no respetar el feriado irrenunciable

    Según consignó la DT, aquellos empleadores que no cumplan con la obligación de cerrar durante el feriado irrenunciable se arriesgan a multas que van desde las 5 UTM ($347.710 a diciembre de 2025) hasta las 20 UTM ($1.390.480 a la fecha) por cada trabajador afectado por la infracción, considerando el número de trabajadores totales de la empresa.

    Además de la sanción económica, los empleadores sorprendidos en infracción deberán poner término inmediato al turno y cerrar el local.

    Sobre esa línea, la Dirección del Trabajo informó que atenderá denuncias a través de su sitio web, asegurando que desplegará un programa nacional de fiscalización, que incluirá controles aleatorios en todo el país.