Hoy se realizó la audiencia de formalización de dos imputados por el homicidio de la funcionaria de la PDI, Valeria Vivanco, en la región Metropolitana. En la instancia, el fiscal jefe de la Fiscalía de Delitos Violentos, Christian Toledo, de la Fiscalía Metropolitana Sur relató ciertos antecedentes hasta ahora desconocidos.

Antes de que la Fiscalía lograra la prisión preventiva e internación provisoria para los imputados de 18 y 17 años respectivamente, el fiscal Toledo narró parte de la información recabada durante peritajes.

Recordemos que la funcionaria murió luego de ser baleada en el tórax durante un operativo policial por una investigación de un homicidio en la comuna de Puente Alto.

Toledo manifestó que, “las vainillas, tanto la encontrada dentro del vehículo (…) comparándolo con las vainillas del sitio del suceso en Puente Alto, se analiza (…) verificándose la coincidencia en característica de clase e individuales por lo que es posible establecer que fueron percutidas por una misma arma de fuego del mismo calibre, según lo suscribió el perito Max Villa”.

En tanto, el fiscal aclaró que esto no significa relación con que los acusadas hayan cometido el crimen del caso investigado en Puente Alto, pero se pudo establecer que, “el vehículo en el que se desplazaban los imputados al momento de la comisión del homicidio a la funcionaria de la PDI trasladó a los autores del delito de homicidio en la comuna de Puente Alto“.

Además, agregó que, “el arma con la cual se le dispara a esta víctima en Puente Alto es la misma arma de fuego que le causa la muerte a la funcionaria de la PDI, lo que se estableció científicamente en el peritaje”.

Finalmente, los acusados fueron imputados por los delitos porte o tenencia ilegal de arma prohibida. En tanto Miguel Alejandro Caniupán Calabrano (19) mantiene antecedentes por tráfico de drogas; mientras que el adolescente de 17 años tiene antecedentes por infracción a la ley de tránsito.

Este artículo describe un proceso judicial en curso
Existe la posibilidad de que los cargos sean desestimados al finalizar la investigación, por lo cual NO se debe considerar al o los imputados como culpables hasta que la Justicia dicte sentencia en su contra.
(Artículo 04 del Código Procesal Penal)