La Corte Suprema ordenó el sobreseimiento de un hombre de nacionalidad colombiana que era investigado por robar a una mujer y agredirla junto a su hijo de tres meses. El máximo tribunal tomó la decisión luego de determinar que el Ministerio Público no había presentado a tiempo la acusación correspondiente y que el Juzgado de Garantía de Antofagasta no cumplió con comunicarle el plazo adicional perentorio de dos días.
El persecutor Patricio Martínez, de la Fiscalía Local de Antofagasta, ingresó el 27 de octubre la acusación contra un hombre identificado como Jaminson Perdomo Olaya. En el libelo, aseguró que el 15 de abril pasado, a las 8:40 horas en la esquina de Atacama con Serrano, este intentó quitar su teléfono a una madre que se encontraba con su hijo de tres meses.
“Ante la resistencia de ésta última, el imputado extrajo desde sus vestimentas un cuchillo, con el cual intentó agredir a la víctima (…), golpeándola en el antebrazo izquierdo con la empuñadura del cuchillo y golpeando también al menor en el rostro con la empuñadura”, apuntaba la presentación.
De acuerdo al mismo relato, la mujer incluso cayó al suelo con su hijo durante el asalto. Por suerte, iba pasando por el lugar una patrulla de seguridad ciudadana, la que persiguió y luego retuvo al acusado hasta que llegó Carabineros.
Según el fiscal, debido al incidente la mujer resultó con un “dolor a la palpación en el antebrazo izquierdo” y el niño con una escoriación a la “altura del párpado superior derecho y equimosis [moretón]” en la zona del pómulo izquierdo, todas lesiones de carácter leve.
10 días de plazo
Sin embargo, Perdomo Olaya no será condenado por estos hechos. Es más, ni siquiera irá a juicio.
La defensora penal pública Andrea Astudillo presentó un recurso de amparo el pasado 12 de noviembre, alegando que la fiscalía no había ingresado su acusación en los plazos correspondientes.
El artículo 247 del Código Procesal Penal da 10 días al Ministerio Público para ese trámite, tras el término de la investigación. Cumplido ese lapso, el juez de Garantía debe otorgar otros dos días como máximo, informando de la situación al persecutor regional. Si no se cumple, el juez debe dictar el sobreseimiento.
En este caso la indagatoria se había cerrado el 10 de octubre y la acusación recién se ingresó el 27. Pero el Juzgado de Garantía de Antofagasta nunca otorgó el plazo adicional de dos días, ni informó al fiscal regional.
Cuando la defensora pidió a aquel tribunal el sobreseimiento, este lo rechazó precisamente apuntando que “no se había verificado la etapa de apercibimiento” de dos días. En ese mismo sentido, la Corte de Apelaciones de Antofagasta rechazó la primera revisión del recurso de amparo, asegurando que el tribunal había actuado “dentro de la esfera de sus facultades”.
Acusado es liberado
La Segunda Sala de la Corte Suprema dio vuelta todo este jueves. El máximo tribunal acogió el recurso de amparo, esgrimiendo que el plazo de dos días “constituye una carga que el legislador ha impuesto al Juzgado de Garantía que, en cuanto tal, debe velar por que el proceso avance sin dilaciones”.
“Sostener que el plazo no se computa vencidos los primitivos diez días importaría entender que la norma del artículo 247 del Código Procesal Penal (…) contempla un término cuyo vencimiento no produce efecto jurídico alguno”, sostuvo.
La decisión además hizo hincapié en que el imputado se encontraba en prisión preventiva, por lo que alargar el proceso implicaba también afectar “su derecho a la libertad personal”.
En consecuencia, la Corte Suprema declaró el sobreseimiento definitivo de Perdomo y ayer a las 19:17 horas el Juzgado de Garantía de Antofagasta levantó la prisión preventiva que pesaba sobre él.
Consultados por la Unidad de Investigación de Bío Bío sobre si se abriría un sumario por este caso, desde la Fiscalía Regional de Antofagasta respondieron escuetamente que habían tomado conocimiento del fallo este viernes y que se habían “dispuesto las medidas pertinentes”.