El pasado lunes, el rector Ennio Vivaldi, en su calidad de representante legal de la Universidad de Chile, ingresó ante el Tribunal Constitucional(TC) un recurso de inaplicabilidad por inconstitucional, para dejar sin efecto la sanción que contempla el artículo cuarto de la Ley de Compras Públicas; que le impide al plantel universitario vender servicios al Estado por dos años, luego que fuera condenada por infracción laboral.

Entre los argumentos esgrimidos por la Universidad de Chile, se sostiene que la sentencia del segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, no hace alusión a que se aplique la sanción de la Ley de Compras Públicas, limitándose sólo a remitir una copia de la condena a la Dirección del Trabajo para su registro.

El rector Vivaldi confirmó a Radio Bío Bío, la presentación ante el Tribunal Constitucional, agregando más razones por las cuales se debiera dejar sin efecto la inhabilitación del plantel para vender servicios al Estado.

Además del requerimiento ante el Tribunal Constitucional, la Universidad de Chile presentó, el 29 de junio pasado, un recurso de protección ante la Corte de Apelaciones de Santiago, que también busca impedir que se aplique la sanción de la Ley de Compras, por un supuesto actuar “ilegal y arbitrario” de la Dirección de Compras Públicas al declarar inhábil al plantel, excluyéndolo del Registro Oficial de Contratistas.

Si bien el recurso fue acogido a trámite, en una primera instancia el tribunal de alzada capitalino desechó la orden de no innovar, acogiéndola posteriormente tras un recurso de reposición, quedando aún pendiente que la Corte de Apelaciones se pronuncie sobre el fondo.