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El Juzgado de Garantía de Concepción mantuvo el arresto domiciliario para Tamara Vidal, imputada en la arista de la Fundación Mi Hogar Asuncionista del caso Convenios, y confirmó su permiso de salida los jueves y viernes para trabajar en Coronel.
El Juzgado de Garantía de Concepción, región del Bío Bío, mantuvo el arresto domiciliario para Tamara Vidal, imputada en la arista Fundación Mi Hogar Asuncionista, y además confirmó el permiso de salida los jueves y viernes para desempeñarse en una empresa en Coronel.
La resolución rechazó así la prisión preventiva que solicitó la Fiscalía, tras denunciar que la exfuncionaria del Gobierno Regional violó la medida cautelar y también incumplió el beneficio laboral, tras ser vista el viernes 30 de mayo en la Municipalidad de San Pedro de la Paz apoyando las actividades del alcalde Juan Pablo Spoerer.
Al acoger los argumentos de la Defensoría, que representa a Tamara Vidal, y rechazar los antecedentes del Ministerio Público, la imputada seguirá en arresto domiciliario y podrá mantener su trabajo.
Eso sí, la fiscal del caso Convenios, María José Aguayo, impugnará el fallo e insistirá en la Corte de Apelaciones de Concepción para que se reemplace dicha cautelar por la prisión preventiva.
La imputada enfrenta cargos por fraude al Fisco, luego que la investigación del convenio entre el GORE y Mi Hogar Asuncionista revelará que, como funcionaria del Gobierno Regional, Tamara Vidal gestionó que la fundación contratará a cercanos para la ejecución del programa.
Este artículo describe un proceso judicial en curso
Existe la posibilidad de que los cargos sean desestimados al finalizar la investigación, por
lo cual NO se debe considerar al o los imputados como culpables hasta que la Justicia
dicte sentencia en su contra. (Artículo 04 del Código Procesal Penal)
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Este artículo describe un proceso judicial en curso
Existe la posibilidad de que los cargos sean desestimados al finalizar la investigación, por
lo cual NO se debe considerar al o los imputados como culpables hasta que la Justicia
dicte sentencia en su contra. (Artículo 04 del Código Procesal Penal)
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