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Resumen generado con una herramienta de Inteligencia Artificial desarrollada por BioBioChile y revisado por el autor de este artículo.

La Corte Suprema rechazó recurso de motel El Duende Mantagua de Quintero y ratificó sentencia que lo condena a pagar $41 millones por ataque de perros a huésped. La Primera Sala del máximo tribunal desestimó apelación de la empresa hotelera por "falta de fundamento" y por ir contra los hechos establecidos por jueces del fondo. La víctima sufrió graves mordeduras en piernas y brazos, resultando en cirugías para evitar infecciones. La empresa alegó "culpa de la propia víctima" por no seguir instrucciones, pero la Suprema determinó que no hubo exposición imprudente al riesgo.

La Corte Suprema rechazó un recurso de casación y conformó la sentencia que ordenó al motel El Duende Mantagua de Quintero —en la región de Valparaísoa pagar $41 millones por daño moral y emergente a huésped que fue atacada por perros del establecimiento.

En un fallo unánime, la Primera Sala del máximo tribunal desestimó la procedencia del recurso presentado por la empresa hotelera Inmobiliaria e Inversiones El Duende de Mantagua SpA por “manifiesta falta de fundamento y por ir en contra de hechos establecidos por los jueces del fondo”.

Brutal ataque de perros

De acuerdo con la sentencia dictada por el Juzgado de Letras y Garantías de Quintero, este caso se remonta al 15 de noviembre de 2020, cuando la víctima acudió al sector de estacionamientos para abandonar el lugar en su vehículo y fue atacada por tres perros de raza rottweiler, que estaban sueltos en las instalaciones.

A consecuencia de eso, el joven resultó con graves mordeduras en sus piernas y brazos, con pérdida de masa muscular, y tuvo que someterse a cirugías para evitar infecciones y septicemias. Ante eso, el recinto fue sentenciado a pagar al afectado una indemnización de $30 millones y otros $10 millones a la madre del joven por “el dolor” que produjo la agresión a su hijo.

No obstante, la empresa presentó un recurso con el que buscaba anular esa sanción. En el requerimiento a la Corte Suprema argumentó que en la sentencia no se tuvo presente la “culpa de la propia víctima” al no cumplir con las instrucciones del personal del recinto respecto de “la presencia de perros sueltos y la necesidad de comunicarse con la administración para hacer abandono del recinto”. De acuerdo a sus fundamentos, si eso se hubiese cumplido, “el hecho dañoso no se habría producido”.

No obstante, tras examinar los antecedentes, el máximo tribunal determinó que en el fallo en el que se sentenció a la empresa no se presentaron antecedentes suficientes para demostrar que la víctima tuvo una exposición imprudente al riesgo, como se argumenta en el recurso de casación.

Además, la Suprema enfatiza que solo los jueces del fondo están facultados para fijar los hechos de la causa; por tanto, resultan inamovibles para dicha Corte. En efecto, al no poder verificar los hechos fijados por los jueces, el recurso fue desestimado por falta de fundamento.