La Corte Suprema rechazó la apelación interpuesta por la inmobiliaria Reconsa S.A frente a una demanda indemnizatoria hacia el fisco, por la declaración de las dunas de Concón como Santuario de la Naturaleza.

Se declaró inadmisible el recurso de casación en la forma y se rechaza el recurso de casación en el fondo”, así resolvió la Corte Suprema respecto a la apelación que realizó la inmobiliaria Reconsa S.A. frente a una demanda de indemnización de prejuicios por US$ 90 millones hacia al fisco por haber declarado 30 hectáreas de las dunas de Concón, como Santuario de la Naturaleza, que a criterio de la empresa, afectó directamente sus proyectos inmobiliarios en la zona.

Este dictamen del tribunal superior da un cierre total a la acción tomada por las empresas, ya que la demanda indemnizatoria se interpuso el año 2016, fue rechazada en 2022 por la Corte de Apelaciones en Santiago y tras la apelación de esta, ese mismo año, la Corte Suprema terminó por rechazarla.

Gabriel Muñoz, abogado del Movimiento Duna Viva, aseguró que este fallo le da un “portazo definitivo” a la pretensión de la empresa de cuestionar el Santuario dunar de la comuna de Concón y rectifica los fallos a favor de Duna Viva, fundación que busca proteger el sitio.

“Este fallo, lo que hace es dar un portonazo definitivo a la pretensión de Reconsa de cuestionar este Santuario dunar de Concón y es coherente con los fallos que hemos tenido por una vida en el año 2019, 2020 y 2021 en contra de Reconsa que considera que toda esa construcción o subproyectos de construcción eran arbitrarios e ilegales”, dijo Muñoz.

Cabe señalar que este fallo, dictaminado por el máximo tribunal del país, es inapelable y que cierra el proceso. Hasta el cierre de esta edición, La Radio tomó contacto con la empresa Reconsa S.A, para obtener una vocería respecto al dictamen. Frente a eso, indicaron que están evaluando el fallo y que en las próximas horas se referirán oficialmente.