Los hechos ocurrieron en el sector de La Compañía Alta de La Serena, y el Tribunal desechó la legítima defensa privilegiada, ya que la versión del sujeto carecía de verosimilitud, puesto que el robo resultó ser falso.

La Fiscalía de La Serena acreditó ante los jueces del Tribunal Oral en lo Penal, la responsabilidad de C.E.L.C., de 26 años, en un delito de homicidio consumado y lesiones menos graves. Los hechos ocurrieron el 15 de enero del 2022, en su propio domicilio.

Cabe mencionar que el acusado había denunciado un “robo inexistente”, para así justificar los ataques con arma blanca que realizó contra dos personas que él mismo había invitado a su casa para consumir drogas.

Según los antecedentes, ese día a eso de las 3:40 de la mañana, al interior del domicilio ubicado en pasaje Pintora María Alaniz, sector Las Compañías, en La Serena, el acusado premunido de un cuchillo y con la intención de matar, apuñaló a la víctima al menos en tres oportunidades y en diferentes partes del cuerpo, entre ellas la zona torácica.

El afectado quedó con lesiones consistentes en traumatismo toraco abdominal, herida cortopenetrante toraco cardíaca, las que le causaron la muerte en el lugar.

Asimismo, según la acusación, el sujeto agredió a otra víctima, quien también se encontraba al interior del domicilio, apuñalándolo en reiteradas ocasiones en diversas partes del cuerpo.

Con esta acción le causó lesiones consistentes en un trauma penetrante torácico, herida torácica abdominal penetrante, entre otras, que tuvieron un tiempo de sanación e incapacidad en un lapso de igual o inferior a 30 días.

“El robo inexistente”

La fiscal Patricia Campos realizó la acusación y el caso fue llevado a juicio oral por el fiscal Rodrigo Céspedes, quien evidenció un antecedente clave.

“Para resolver de este modo, el tribunal de La Serena acogió la teoría del caso del Ministerio Público y rechazó la concurrencia de la legítima defensa privilegiada del artículo 10 N° 6 del Código Penal, que había sido alegada por su defensa, por estimar que la versión entregada por el imputado carece de la verosimilitud necesaria para tener por acreditados los presupuestos legales de dicha justificante”, detalló.

Céspedes manifestó que “el sujeto denunció un robo inexistente para justificar un ataque con arma blanca que le profirió a dos personas que habían sido invitadas por el acusado a su domicilio para consumir drogas. Todo ello en el contexto de una riña previa”.

Así también señaló que el sujeto llamó a Carabineros para denunciar el robo, “lo cual resultó desvirtuado, ya que se habrían concertado mediante la aplicación de teléfonos Grindr para consumir drogas y surgió una riña”.

El Tribunal comunicará la sentencia el próximo 15 de mayo de 2023, a las 14:45 horas.