En fallo unánime, la Segunda Sala del tribunal de alzada desestimó los vicios alegados por la defensa en la sentencia dictada por el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal Arica, el 7 de agosto pasado.

La Corte de Apelaciones de Arica rechazó el recurso de nulidad presentado por la defensa, en contra de la sentencia que condenó a F.G.F.F a dos penas de 10 años y un día de presidio efectivo, en calidad de autor de los delitos consumados de violación.

En fallo unánime, la Segunda Sala del tribunal de alzada desestimó los vicios alegados por la defensa en la sentencia dictada por el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal Arica, el 7 de agosto pasado.

Al sujeto se le condenó por violación de menor de 14 años de edad y violación de mayor de 14 años, respectivamente. Ilícitos perpetrados entre 2017 y 2018.

“En efecto, en los considerandos Noveno y Décimo el fallo trascribe y analiza la extensa declaración prestada por la víctima, quien señala al acusado como su padrastro y autor de los delitos de violación y abuso sexual reiterados cometidos en su contra, señalando los jueces que si bien la misma indicó que fueron varios los episodios en que se vulneró su indemnidad sexual, justificaron que sólo haya podido detallar y recordar nítidamente dos de ellos, atendida la cronicidad que atribuyeron a los ataques, realizando luego una ponderación de tal declaración con las prestadas por todos los demás testigos de cargo y peritos”, sostiene el fallo.

Hombre condenado por violación en Arica

La resolución agrega que “por lo expuesto anteriormente y analizado con detención el fallo impugnado, esta Corte no advierte el defecto de insuficiencia que la recurrente denuncia contra el tribunal recurrido, sino más bien una discrepancia con la ponderación de la prueba efectuada por el Tribunal para arribar a su decisión de condena, ejercicio que los jueces realizaron conforme a las normas contenidas en el artículo 297 del Código Procesal Penal, por lo que sólo resta desestimar el recurso de nulidad planteado”.

El fallo ratificado, dictado por el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Arica, dio por acreditado, más allá de toda duda razonable, que la víctima que, al inicio de los hechos tenía 13 años de edad, vivía en una casa del sector de Quebrada Encantada junto a su mamá y F.G.F.F, conviviente de la adulta.

En dicho inmueble, a partir de diciembre de 2017, el condenado violaba a la menor en la pieza que ocupaba la niña, agresiones que se prolongaron hasta abril de 2018, cuando la víctima ya había cumplido los 14 años de edad.

Violencia contra la mujer
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