Solicitando el “completo rechazo”, el abogado Gabriel Osorio -en representación de la senadora Isabel Allende (PS)- presentó la respuesta a los dos requerimientos presentados por la oposición ante el Tribunal Constitucional. Esto, en el marco de la polémica y fallida compra del expresidente Salvador Allende.
La adquisición, que vulneraba la prohibición constitucional de ministros y parlamentarios de celebrar contratos con el Estado, fue finalmente anulada por La Moneda.
Aun así, pese a la decisión del Gobierno, la bancada del Partido Republicano fue la primera en presentar un requerimiento, el pasado lunes 13 de enero. En esa línea, exigen la cesación en el cargo de la senadora Allende.
Días más martes, ya el jueves 16 de enero, Chile Vamos se sumó e hizo lo propio. Según acusaron, la parlamentaria socialista suscribió un contrato con el Estado, lo que es inconstitucional mientras ocupe el cargo.
La respuesta de la senadora Allende (PS) al Tribunal Constitucional
En el documento se indica que los dos requerimientos presentados muestran “erróneamente” lo sucedido con la fallida compra del inmueble. Por esta y más razones, solicitan que se realice el “completo rechazo”.
En el documento se indica que “el inicio del procedimiento administrativo de compra y adquisición de casas presidenciales se dio en el marco de las obligaciones jurídicas del Estado de Chile sobre preservación de la memoria histórica, que tienen su origen tanto en el Derecho Internacional como en el Derecho Público chileno (…) no tiene un interés privado, sino un interés eminentemente público”.
Igualmente, se cita la Ley de Presupuesto 2024 en la que se consideran recursos para la compra de casas presidenciales.
“La partida presupuestaria del Servicio Nacional del Patrimonio Cultural, la cual fue debidamente aprobada tanto en general como en particular por el Congreso Nacional, estableció expresamente la adquisición de dichas viviendas (…) no es una “compraventa” aparecida de la nada. Es un procedimiento de adquisición que tiene fuentes legales, y cumple las obligaciones que fija el Ordenamiento Jurídico”, añade.
Asimismo, la defensa de la parlamentaria oficialista indica que “tal como la doctrina y la jurisprudencia nacional reconocen, a diferencia de lo que sucede en el derecho civil, en el derecho público la contratación requiere de una serie de actos administrativos, tanto previos como posteriores, para su debida perfección y plena producción de efectos jurídicos”.
“El Decreto Aprobatorio del procedimiento administrativo de compra y adquisición del bien inmueble de Guardia Vieja N° 392 por parte del Fisco de Chile-Ministerio de Bienes Nacionales, no se dictó, por lo que el contrato no nace a la vida del derecho en la forma que establece el derecho público chileno”, se lee en el documento.
Destacando que “solo una vez que se dictara el Decreto Aprobatorio (que no se dictó), el procedimiento administrativo de compra y adquisición del bien inmueble en cuestión por parte del Estado se perfeccionaría, pudiendo recién en ese instante producir el mismo todos sus efectos”.