"La ministra Ángela Vivanco descartó que su aplicación sea respecto de todos los afiliados de Isapres y señaló que sería sólo respecto de aquellos afiliados que sí hayan deducido demandas sobre esta materia", resalta el recurso de aclaración.

El abogado de una afiliada a Colmena Golden Cross S.A., presentó el primer recurso para aclarar el alcance del fallo de la Corte Suprema sobre las isapres, tras las polémicas declaraciones de la ministra Ángela Vivanco.

Se trata de un recurso presentado por Francisco Javier Campos Gavilán, quien presentó en 2020 un recurso de amparo en favor de su cliente, por la negativa de aplicar la nueva tabla de factores por tramos de edad, establecida por la Superintendencia de Salud.

Al respecto, el jurista señala que “la existencia de cualquier punto dudoso relacionado con alguno de los asuntos regulados en la presente sentencia sólo puede ser objeto de aclaración en este proceso en particular, lo que justifica el actuar del suscrito en la presente causa”.

En esa línea, pide aclarar la “determinación del alcance de afiliados beneficiarios de la devolución de posibles excedentes”.

“A la fecha existe confusión respecto del alcance de los afiliados de Isapres que deberían ser sujetos de dichas devoluciones”, señala.

“En este sentido, se ha ingresado un proyecto de ley en cuyo debate se ha indicado por parte de diversas autoridades que su alcance sería para todos los afiliados de Isapres, independientemente de que hayan interpuesto un recurso de protección sobre esta materia o no”, indica.

“Sin embargo, en una entrevista de prensa publicada con fecha 4 de Junio de 2023, la Señora Ministra Ángela Vivanco Martínez descartó que su aplicación sea respecto de todos los afiliados de Isapres y señaló que sería sólo respecto de aquellos afiliados que sí hayan deducido demandas sobre esta materia”, apunta.

“De este modo, al no existir claridad sobre las personas a quienes refiere el presente fallo en su punto séptimo, esta parte viene a solicitar a vuestra Excelentísima Corte Suprema de Justicia que aclare quiénes son los beneficiarios de la restitución ordenada”, añade el recurso.

En ese sentido, solicitó que el máximo tribunal del país aclare “el criterio procesal para determinar la nómina de beneficiarios, en específico si debe incluirse a todos los afiliados que hayan interpuesto un recurso de protección previo a la fecha de dictación de la presente sentencia, o bien si debe sujetarse a otro criterio para dar debido cumplimiento al fallo”.

Por último, el recurso pide también abordar la aplicación de suspensión de cobro respecto de la incorporación de recién nacidos.

“En la actualidad, a pesar de que se haya aclarado que las isapres deben suspender el uso de la tabla de factores para las cargas menores de dos años a partir de la ejecutoria de la sentencia definitiva en este proceso, las isapres han continuado utilizando las distintas tablas de factores existentes en la determinación del precio final a cobrar a las cargas beneficiarias menores de dos años”, señala.

“Por tanto, esta parte viene a solicitar a vuestra Excelentísima Corte Suprema de Justicia aclare si la aplicación respecto de lo ordenado de las cargas menores de dos años está sujeta a la normativa especial que debe dictar la Superintendencia de Salud o bien, debe aplicarse de manera inmediata y sin necesidad de una normativa especial, en atención a lo resuelto por V.S.E. en la sentencia firme dictada en este proceso y la posterior aclaración de fecha 26 de enero de 2023”, concluye.