Luego que la reforma de infraestructura crítica se terminara de caer, tras rechazarse el veto del Gobierno, senadores de distintos sectores reingresaron la iniciativa. De esta forma, se busca que el Presidente pueda disponer el resguardo de determinadas instalaciones cuando exista un "peligro grave o inminente".

Senadores reingresaron la reforma constitucional de infraestructura crítica este viernes, luego que terminara de caerse en la Cámara.

Cabe recordar que el proyecto original fue aprobado por el Congreso en primera instancia. Sin embargo, el Gobierno presentó un veto sustitutivo, el cual fue rechazado por los diputados y trajo consigo el derrumbe de la iniciativa.

Ahora, Álvaro Elizalde (PS), Carmen Gloria Aravena (IND), Ximena Rincón (DC), Kenneth Pugh (RN) y Jaime Quintana (PPD) buscan que la propuesta se tramite nuevamente, incorporando elementos del veto.

En concreto, se pretende reformar el artículo 32 de la Constitución, que establece las atribuciones especiales del Presidente de la República.

En ese sentido, cuando exista un “peligro grave o inminente” respecto a la infraestructura crítica de un determinado sector del país, el jefe de Estado podrá disponer su resguardo a través de las Fuerzas Armadas.

Infraestructura crítica: los detalles del proyecto

¿Qué se considera infraestructura crítica? De acuerdo al proyecto, en esta categoría recaen aquellas instalaciones indispensables para la generación, almacenamiento y distribución de los servicios e insumos básicos para la población.

Esto se traduce en energía, agua y telecomunicaciones; conexión vial, aérea, terrestre,
marítima, portuaria o ferroviaria; y servicios de utilidad pública, como los sistemas de asistencia sanitaria.

Esta medida no implicará “la suspensión, restricción, limitación o afectación de los derechos y garantías consagrados en esta Constitución o en tratados internacionales sobre derechos humanos ratificados por Chile y que se encuentren vigentes”.

“Las reglas de uso de la fuerza contenidas en el reglamento comprenderán el cumplimiento de la consigna y la legítima defensa”, se agrega.

Finalmente, la iniciativa establece que la protección de las FFAA no podrá extenderse por más de 60 días. Sin embargo, se podrá prorrogar por iguales períodos con acuerdo del Congreso.