La Corte Suprema acogió un recurso de protección presentado en contra de la isapre Cruz Blanca S.A. por enviar 27 correos electrónicos de cobranza a un afiliado que registra una deuda de cotizaciones.

En la sentencia, la Tercera Sala del máximo tribunal estableció un “actuar arbitrario, desproporcionado y abusivo” de la aseguradora al remitir insistentemente las misivas por la supuesta obligación.

El afiliado recibió 27 correos electrónicos entre fines del mes de diciembre de 2019 y junio de 2020, en los que “se advierte que la empresa que los envía comparece ‘en representación’ de isapre Cruz Blanca S.A. (…)”.

La isapre reconoció haber contratado a una empresa de cobranza y esta, a su vez, haber enviado los correos en su representación.

Para la Corte Suprema la ley le confiere a la isapre la facultad para comunicar a sus clientes la existencia de deudas, pero acreditó que hubo una comunicación “abusiva, desproporcionada e injustificada, además de arbitraria, vulnerando el derecho a la integridad psíquica del recurrente (…)”.

Por tanto, se resolvió que Cruz Blanca debe “cesar los actos recurridos e impedir su reiteración futura”.