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Resumen generado con una herramienta de Inteligencia Artificial desarrollada por BioBioChile y revisado por el autor de este artículo.

El Servicio de Impuestos Internos (SII) ha focalizado su atención en operaciones de criptoactivos, fiscalizando 13 casos con un rendimiento cercano a los $5 mil millones. Se han detectado contribuyentes que reciben pagos en criptomonedas no declarados en sus impuestos. La complejidad de identificar a quienes operan con criptomonedas ha llevado a Chile a colaborar internacionalmente en regulación, participando en grupos de trabajo de la OCDE.

El Servicio de Impuestos Internos (SII) informó este lunes que puso foco en operaciones de criptoactivos y que ya ha fiscalizado 13 casos con un rendimiento cercano a los $5 mil millones ($4.702.255.765).

En detalle, el Servicio corroboró que ese rendimiento total estaba vinculado a casos de contribuyentes que reciben pagos por prestación de servicios en criptomonedas, los que no son incorporados en sus Declaraciones de Renta, o bien, casos en los que el contribuyente no logró acreditar los costos asociados a las transacciones de criptomonedas que registra.

La regulación de las criptomonedas ha cobrado especial importancia en los últimos años, porque las operaciones tienen mecanismos de privacidad que son muy altos y que hacen compleja la identificación de quienes están detrás de ellas.

Al respecto, Chile ha impulsado la colaboración internacional en esta materia a través de su participación en los distintos grupos de trabajo de la OCDE, como por ejemplo el Cryptoasset Expert Group (CAEG) dedicado a esta temática.

Los 13 casos que descubrió el SII

Los 13 casos en análisis fueron detectados por el Servicio mediante la verificación de diversas fuentes de información estructurada y no estructurada, tales como las declaraciones juradas N°1891 presentadas por los proveedores de servicios de criptoactivos, las declaraciones de renta de los contribuyentes informados, las importaciones de equipos tecnológicos para realizar la minería de criptoactivos, además de fuentes públicas de información, entre otras.

“Con el cruce de esta información se pudo identificar algunos casos de proveedores de minería de criptoactivos, exchanges (o servicios de intercambio) no formalizados, influencers dedicados al rubro de los criptoactivos, y contribuyentes que reciben ingresos por criptomonedas, los que no son declarados en su Formulario 22″, indicó el SII.

Carolina Saravia, directora (S) del SII, comentó que revisaron las liquidaciones correspondientes a las diferencias de impuestos detectadas luego de verificar, mediante el uso de Big Data y la revisión de distintos exchanges (o proveedores de plataformas de criptoactivos) “que se trataba de contribuyentes que contaban efectivamente con ‘billeteras’ de criptomonedas”.

De esa forma lograron “avanzar en la identificación del origen de los recursos mediante los cuales se adquirieron estos activos digitales”.

Adicionalmente, destacó que el trabajo de colaboración permanente que la institución mantiene con la Unidad de Análisis Financiero, mediante la entrega de información en aquellos casos en que puedan existir riesgos de posibles operaciones sospechosas relacionadas con el intercambio de criptoactivos, ha permitido también “ampliar el conocimiento que se tiene en el país de este nuevo modelo de negocio”.

¿Qué se entiende por criptoactivos?

Las criptomonedas, en términos generales, son activos digitales o virtuales, soportados en un registro digital único denominado blockchain, desreguladas y no controladas por un emisor central, cuyo precio está determinado por la oferta y la demanda. No se consideran en Chile como monedas de curso legal o como monedas extranjeras o divisas.

Estos valores pueden ser almacenados, intercambiados o transferidos a otros digitalmente. Por lo tanto, el término “criptoactivo” representa derechos sobre objetos de colección, juegos, obras de arte, bienes físicos o documentos financieros que puedan intercambiarse o transferirse a otras personas o entidades de forma digital.

*Fuente: SII.

Resoluciones

La Resolución Exenta N°113, señaló el SII, estableció que las personas o entidades con residencia o domicilio en Chile, que operen como proveedores de servicios de activos digitales o criptoactivos (es decir, como intermediario de transacciones de criptomonedas) “deberán presentar ante el SII la Declaración Jurada N°1963, denominada, ‘Declaración Jurada Anual sobre Activos Digitales Respecto de Contribuyentes con Residencia Tributaria en el Extranjero"”.

A través de esa Declaración Jurada que deberá presentarse, por primera vez, hasta el 30 de junio de 2026, los proveedores de estos servicios deberán identificar a sus usuarios no residentes en Chile y reportar sobre transacciones especificadas, con el fin de asegurar el reporte anual de información fiscalmente relevante relacionada con operaciones mediante criptoactivos, información que será intercambiada automáticamente con las autoridades fiscales en que residen los usuarios de estos activos digitales.

“En el marco del trabajo de la OCDE, las administraciones tributarias acordaron que este intercambio automático se realizará desde 2027. Sin embargo, Chile decidió adelantarse y pondrá a disposición de los distintos países estos antecedentes, a partir de 2026″, mencionó el Servicio.

Por otra parte, la Resolución Exenta N°114, estableció que las personas o entidades que operen como proveedores de servicios de activos digitales o criptoactivos, deberán presentar ante el SII la Declaración Jurada N°1964, denominada “Declaración Jurada Anual sobre Activos Digitales Respecto de Contribuyentes con Residencia Tributaria o Domicilio en Chile”.

En esta Declaración Jurada, que también debe presentarse por primera vez hasta el 30 de junio de 2026, los proveedores de servicios de intermediación de operaciones de criptoactivos deberán identificar a sus usuarios residentes en Chile, personas controladoras de las cuentas, transacciones especificadas como compras, ventas, intercambios o transferencias, compras de bienes físicos o pago de servicios con criptomonedas, así como la dirección digital de sus billeteras, con el fin de asegurar el reporte anual de información fiscalmente relevante asociadas a actividades relacionadas con criptoactivos.