La Corte Suprema confirmó una sentencia de la Corte de Apelaciones de Arica que rechazó un recurso de protección de una afiliada a la AFP Cuprum, que pretendía el retiro total de los fondos de su cuenta de capitalización individual.

En la sentencia, la Tercera Sala del máximo tribunal descartó un actuar arbitrario de la administradora al rechazar el retiro de fondos que, de acuerdo a la legislación vigente, “tienen como único fin el pago de jubilaciones, hecho que, además, fue corroborado por la reciente ley que aprobó el retiro del 10% de dichos ahorros por la emergencia sanitaria”.

La Corte remarcó que el dinero existente en toda cuenta de capitalización individual tiene un destino único y exclusivo, “consistente en el otorgamiento de pensiones bajo una de las cuatro modalidades que contempla la ley”.

Para el máximo tribunal la actuación de la AFP aparece como “ajustada al derecho y a la razón”, al someterse al ordenamiento jurídico vigente “y no obedecer a un simple capricho (…)”.

Por último, además el fallo precisó que se determinó que la afiliada que buscaba retirar sus fondos no planteó la existencia de circunstancias “que revistan una urgencia” para retirar sus fondos.