La Corte de Apelaciones de Santiago dictó sentencia de segunda instancia en la investigación por el secuestro de Ramón Martínez González, ilícito perpetrado en enero de 1975, en la Región Metropolitana, según señaló este martes el Poder Judicial.

En fallo unánime, la Segunda Sala del tribunal de alzada -integrada por los ministros Patricio Villarroel y Jessica González, además de la abogada integrante Paola Herrera- ratificó la sentencia que condenó, por su responsabilidad en el delito, a Manuel Contreras, Marcelo Moren Brito, Miguel Krassnoff y Fernando Lauriani, a sendas penas de 15 años de presidio.

En primera instancia, el ministro Alejandro Solís logró acreditar que el 6 de enero de 1975, aproximadamente a las 13:00 horas, Ramón Martínez González, conocido como “Tano” y de nombre político “Claudio”, de 23 años de edad, militante del Movimiento de Izquierda Revolucionaria, fue detenido en calle Bascuñán Guerrero con Alameda al llegar a un “punto” con Emilio Iribarren (“Joel”), quien a esa fecha ya se encontraba aprehendido por la DINA.

Martínez se resistió a la detención, por lo cual recibe impactos de bala, siendo trasladado posteriormente hasta ” Villa Grimaldi”, recinto en que se le torturó permanentemente, siendo visto por numerosos testigos quienes señalan que presentaba signos de los tormentos y que se encontraba herido a bala, pese a lo cual lo mantenían tirado en una colchoneta en el patio, según la investigación de Solís.

En dicho texto, se indica la versión de un testigo quien vio a Martínez el 13 de enero. “Lo veo frente a frente, su estado era simplemente monstruoso, la cara estaba deforme por los golpes, era difícil encontrar alguna parte del rostro que no estuviera morado o hinchado, aparte de esto estaba herido de bala, su cuerpo era una masa de restos de ropa, tierra y sangre”, indica el testimonio.

Ese mismo día, el cuerpo de Ramón Martínez fue ingresado al Instituto Médico Legal para la autopsia que concluye que la causa de la muerte “es el conjunto de dos heridas de bala torácica recientes, con salida de los proyectiles y anemia aguda consecutiva”. Además, existe, una herida a bala abdómino-ilíaco-glútea derecha, no reciente, con salida de proyectil, no penetrante a la cavidad abdominal, también se encuentra otra herida a bala lumbar derecha, no reciente, sin salida de proyectil y además, presenta una herida de bala en su mano izquierda, no reciente.

“Esa fecha es la última en que los testigos pudieron ver a Hugo Martínez en el centro de detención de “Villa Grimaldi”. Este hecho se enmarca dentro de un patrón similar a otros ocurridos durante aquella época que se iniciaban mediante el seguimiento y vigilancia de las víctimas hasta terminar con su secuestro y en algunos casos con su ejecución”, finaliza el texto.