En fallo unánime, la Tercera Sala de la Corte Suprema condenó a la Municipalidad de Puente Alto por considerar ilegal y arbitrario el cierre de una botillería de esa comuna.

El fallo acusa falta de consulta a la junta de vecinos y al Concejo Municipal, como lo requiere la Ley Orgánica de Municipales. La no renovación de la patente del local, cuyo propietario era Luis Quilodrán Atabales, se motivó ante la carta de un presidente de una junta vecinal que denunciaba la venta de alcohol a menores y la prolongación del horario de atención hasta altas horas de la madrugada.

La botillería se vio obligada a cerrar entre febrero y octubre de 2004, tras lo cual el dueño recurrió a la justicia. Previamente la Corte de Apelaciones de San Miguel había declarado ilegal y arbitraria la decisión del municipio de Puente Alto.

Por concepto de daño moral, la Municipalidad está obligada a pagar $5.500.000 y $4.500.000 por lucro cesante.