La Corte Suprema confirmó que el Fisco deberá pagar una imdemnización de 5.000.000 de pesos a un paciente diagnosticado tardíamente de VIH en el Hospital Base de Puerto Montt.

Los hechos se remontan al 12 de julio de 2005 cuando el demandante concurrió al Hopsital Base de Puerto Montt para donar sangre de manera voluntaria tras lo cual se ingresaron sus datos en el sistema y luego llenó una encuesta aportando sus datos personales incluyendo su domicilio particular.

El 29 de julio, es decir 17 días después de la donación, el Instituto de Salud Pública emitió un informe donde confirma la presencia del Virus de inmunodeficiencia humana lo que no fue comunicado oportunamente al paciente como lo exige la Ley.

Ante esto la Corte Suprema y tras instancias en el Tribunal de Apelaciones de Puerto Montt, se ratificó el fallo de primera instancia que condena al Servicio de salud a cancelar 5 millones de pesos al paciente por la serie de perjuicios en la falta de tratamiento oportuno.

En su alegato, el Servicio de Salud señaló que intentó notificar al actor sólo una vez y ello no fue posible debido a que éste no se encontraba en el domicilio que había entregado en la encuesta levantada.

La resolución hace consistir la falta de servicio no en la falta de atención brindada al actor o participación en la adquisición de la enfermedad, sino en lo tardío de la comunicación de ésta, debido a la poca diligencia desplegada por el Servicio de Salud para notificar en forma oportuna al portador de VIH.

Tanto en el Servicio de Salud, como en el Hospital Base se indicó que se referirán al tema en las próximas horas.