La Corte Suprema acogió un recurso de queja presentado en contra de una resolución de la Corte de Apelaciones de Santiago que había condenado a un instituto profesional por vulnerar la Ley del Consumidor en el caso de la carrera de perito criminalístico.

En fallo dividido (rol 4941-2011) los ministros Nibaldo Segura, Jaime Rodríguez, Rubén Ballesteros, Hugo Dolmestch y Carlos Künsemüller acogieron la acción y anularon la multa de 50 Unidades Tributarias Mensuales aplicadas por la Séptima Sala del tribunal de alzada en contra del Instituto Profesional AIEP.

El fallo determina que la acción patrocinada por el Servicio Nacional del Consumidor, en representación de 13 estudiantes, es del tipo de interés colectivo difuso por lo que debió tramitarse en un tribunal civil y no de policía local.

Agrega que: “Al tenor de lo concluido y al no acatarse la reglas de competencia que el legislador determinó y a las que debían ceñirse los interesados para solicitar la intervención de los juzgadores del grado, los jueces recurridos, han incurrido en falta o abuso que sólo puede ser enmendado por la vía disciplinaria, acogiendo, en consecuencia, el primer acápite del recurso de queja y anulando todo lo obrado en el proceso”.