La justicia ordenó a la empresa Aguas Araucanía a pagar 35 millones de pesos a una mujer que se lesionó al introducir un pie en una zanja realizada por una empresa contratista en la ciudad de Victoria. Luego de cinco años el fallo confirmó la responsabilidad extracontractual de la sanitaria.

Nancy Constanzo Medrano sufrió un accidente en la vía pública, causado por un hoyo en la vereda, realizado por la empresa Constructora Nasca, hecho ocurrido el 16 de febrero de 2006 a las 23,10 horas aproximadamente en el área urbana de Victoria.

El fallo judicial estableció que las obras realizadas por la empresa Constructora Nasca, por mandato de la empresa Aguas Araucanía se encontraban sin señalización, y el accidente de Nancy Constanzo provoco que ella se le declarara invalidez parcial.

La Corte Suprema señaló en su resolución que Aguas Araucanía tenía las facultades para hacer cumplir a Constructora las medidas de seguridad para evitar que se produjeran accidentes, resultando de esta negligencia que se produjera el accidente que motivó la condena, la que fue acatada señaló el responsable de comunicaciones de la sanitaria, José Luis Torres.

Es necesario precisar que la demanda encuentra fundamento jurídico en la responsabilidad extracontractual, fallo pronunciado por la tercera Sala de la Corte Suprema, fijando la indemnización por este concepto en la suma de 35 millones 500 mil pesos, más reajustes.