La Cuarta Sala de la Corte de Apelaciones de Valparaíso, en fallo redactado por la Ministra Dinorah Cameratti, confirmó el fallo de primera instancia que había condenado a los arquitectos Carlos Seisdedos y Carlos Urquieta al pago de una multa por haber infringido la Ley de Monumentos Nacionales tras demoler una antigua vivienda del cerro Concepción, que había sido propiedad de la familia Jacob, conocidos jugueteros de la zona.
La demolición se produjo en el marco de la habilitación de un nuevo proyecto turístico para el sector, denominado “Hotel del Vino”, lo que derivó en la destrucción completa de gran parte de la residencia, lo que fue cubierto por una carpa plástica que simulaba una vivienda.
El hecho fue denunciado por la Junta de Vecinos del cerro Concepción, lo que fue acogido por distintas instancias judiciales debido a que esto fue una infracción a la ley que dispone que para hacer construcciones nuevas en una zona declarada típica o pintoresca, se requerirá la autorización previa del Consejo de Monumentos Nacionales, lo que nunca fue realizado por los responsables de la edificación.
Pablo Andueza, presidente de la junta de vecinos denunciante, explicó que estaban satisfechos por el fallo, pero con cierta amargura porque la multa fue rebajada a prácticamente un cuarto de lo que contempla el máximo castigo en este tipo de hechos, lo que puede llegar a las 200 unidades tributarias.
En su recurso de apelación, los arquitectos habían insistido en su inocencia argumentando que no eran dueños de la obra que realizaban, hecho que fue rechazado por la Corte, que les asignó directa responsabilidad en su ejecución.
En la sentencia se detalla que los denunciados, reconociendo su error aceptaron, a modo de reparación, la propuesta del Consejo de Monumentos Nacionales de realizar gratuitamente un levantamiento planimétrico y fotográfico de los ascensores La Cruz, Las Cañas y Hospital.