Jorge era un viejo conocido del sistema penal de justicia. Frecuentaba cada cierto tiempo los tribunales y casi siempre por los mismos motivos: la relación con su madre durante los últimos años no había sido la mejor. Eso era entendible, considerando la condición de salud mental de Jorge.

El pasado 20 de abril nos volvió a visitar, y nuevamente por las mismas razones. Su madre, había solicitado la ayuda de carabineros para poder controlar a su hijo descompensado, ayuda que se manifestó en su detención. Ese día, como en otras ocasiones, a Jorge se le dijo que había cometido varios delitos en contra de su madre y en contra de la administración de justicia.

El fiscal pidió que lo dejaran privado de libertad en la cárcel, la defensora se opuso tenazmente, la jueza decidió que debía estar preso. El fiscal sabía de la condición mental de Jorge, la defensora lo sabía y lo hizo ver, la jueza también lo sabía, el sistema lo sabía, pero lo encerraron en una cárcel y no en un recinto de salud mental.

La defensora solicitó a la Corte de Apelaciones respectiva que lo dejara en libertad o que al menos ordenara su traslado al hospital psiquiátrico, revocando lo resuelto por la jueza. Solo obtuvo la orden de traslado. El hospital informa que Jorge es el número 94 de la lista de espera.

No avanza: Lista de espera en salud mental

El 5 de mayo Jorge ingresó al hospital, pero no al que debía ingresar para su tratamiento, sino al de urgencia cercano a la cárcel donde se encontraba. Al interior del penal fue agredido y le fracturaron la mandíbula. No hay testigos, no hay relato. Un par de días después se diagnostica muerte cerebral. El 14 de mayo Jorge finalmente fallece.

Lamentablemente, Jorge no es el primer imputado que -conociendo el sistema su condición mental que lo hace inimputable frente a la ley- se le envía a un recinto que por ley no le corresponde, que por falta de camas no es internado donde se debe y que por esta decisión muere bajo la custodia del estado.

Las Cortes de Apelaciones y la Corte Suprema han resuelto, de forma consistente durante los últimos años, que las personas que se encuentran en la condición que presentaba Jorge, deben ser internados en recintos de salud especializados y no pueden permanecer en las cárceles. Sin embargo, estas resoluciones no son cumplidas, los organismos encargados de ejecutarla han hecho caso omiso.

Actualmente, hay 56 personas en la misma condición de Jorge en dependencias de Santiago 1, esperando el traslado a la unidad especializada del Instituto Psiquiátrico Horwitz Barak, unidad que solo cuenta con 30 cupos y que tiene una lista de espera de 97 personas. Esta dura realidad hace casi ilusorio el acceso oportuno a tratamiento y medidas de protección para este grupo especialmente vulnerable.

En este escenario, cuesta echar a andar la imaginación y pensar en qué es lo que hace falta para que dichos fallos se cumplan, para que el sistema sea consciente del peligro de encerrar a una persona con sus facultades mentales perturbadas en un establecimiento penal común.

Ya hay muertos, ya hay lesionados, ya hay víctimas de agresiones sexuales de todo tipo. La Defensoría Penal Pública, a través de sus defensores especializados, ha interpuesto todas a las acciones legales posibles y todas han sido acogidas, pero nada ha cambiado. Entonces, resulta urgente poner esta discusión nuevamente en el centro de quienes deben tomar decisiones sobre políticas públicas, para que nadie tenga que volver a ser el número 94.