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Resumen generado con una herramienta de Inteligencia Artificial desarrollada por BioBioChile y revisado por el autor de este artículo.

La Superintendencia de Pensiones (SP) ha emitido una nueva normativa que aumenta los requisitos para crear una Administradora de Fondos de Pensiones (AFP) en respuesta a la Reforma de Pensiones. La Norma de Carácter General (NCG) N° 354 establece que podrán constituir una AFP las AGF no bancarias, cajas de compensación y cooperativas.

Tras ponerla en consulta, la Superintendencia de Pensiones (SP) finalmente emitió la normativa que eleva las exigencias para la creación de una nueva Administradora de Fondos de Pensiones (AFP).

En respuesta a lo dispuesto en la Reforma de Pensiones, también se incluyen requisitos mínimos de experiencia para la mayoría de los integrantes del directorio de las nuevas AFP, junto con el equipo de profesionales que deberá gestionar las inversiones de los recursos de los Fondos.

Nuevas y mayores exigencias para crear una AFP

A detalle, la Norma de Carácter General (NCG) N° 354 establece que podrán constituir una AFP las administradoras generales de fondos (AGF) que no sean filiales de un banco, las cajas de compensación de asignación familiar y las cooperativas de ahorro y crédito.

De intentar crear una Administradora, deberán presentar una solicitud respectiva ante la SP. También pueden realizar el proceso las personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras que cumplan con la regulación. Eso sí, un mismo grupo empresarial no podrá crear ni ser propietario de más de una AFP.

El capital mínimo inicial, tras la Reforma, pasó de 5 mil UF a 50 mil UF.

En cuanto a las exigencias de experiencia para directores y principales ejecutivos, se establece -a grandes rasgos- que el gerente de inversiones deberá contar con al menos siete años de experiencia en gestión de activos.

Para el equipo profesional, la exigencia es de al menos cinco años en entidades que administren como mínimo US$1 mil millones. Para la mayoría directores titulares y suplentes se pide lo mismo.

La norma de la SP también perfecciona los requerimientos sobre el Estudio de Factibilidad, la definición de patrimonio neto y activos autorizados para constituir una AFP, complementando todo con la incorporación de una carta Gantt por parte de los accionistas fundadores, detallando el paso a paso de la implementación de la nueva Administradora.

También se señala que el directorio, equipo de profesionales y ejecutivos de inversiones deberán estar ya constituidos y contratados al momento de iniciar las operaciones, entre otras varias exigencias como que estén listas las políticas de gestión de riesgos, seguridad y ciberseguridad, externalización de servicios, inversiones y solución de conflictos de interés y otras.