La Corte Suprema condenó al Servicio de Salud Metropolitano Sur a pagar una indemnización de $35 millones por el mal tratamiento de un caso de virus sincicial una menor de 2 años y 5 meses.

El hecho se produjo en julio de 2010, cuando los padres de la menor la llevaron al Hospital Sótero del Río tras ser derivada por Megasalud por un cuadro de bronconeumonía.

Según los demandantes, al llegar al recinto no se le consideró el diagnóstico y después de dos horas fue atendida, instancia en que se le aplicó oxigeno. Posteriormente se determinó trasladarla al Hospital de San José de Maipo ante falta de cupo.

En el servicio de salud estuvo 48 horas y según relatan sus padres, no se le dio otro tratamiento que el oxígeno, sufriendo una descompensación.

El fallo señaló que el 19 de julio la niña volvió al Hospital Sótero del Río y es conectada a ventilación mecánica, además le aplicaron antibióticos y fue derivada a UCI, sufriendo un paro respiratorio.

La menor estuvo internada hasta el 29 de julio de 2010, cuando es trasladada a la Clínica Las Condes con bronconeumonía extensa, virus sincicial y neumotórax izquierdo.

Los padres argumentaron en la demanda que en consecuencia de esto la niña se mantiene hasta ahora con parálisis cerebral, epilepsia secundaria en tratamiento, insuficiencia suprarrenal y ceguera casi total.

Producto de esto, la menor tiene movilidad limitada y debe usar silla de ruedas, razón por la cual nunca tendrá una vida normal.

Ante esto, la familia presentó una demanda por la falta de servicio de parte del Hospital Sótero del Río y solicitó una indemnización por el daño emergente, lucro cesante y daño moral.

La familia afectada presentó un recurso de casación, el que fue acogido en un fallo dividido por la Corte Suprema, la que estableció que el servicio tiene responsabilidad en la condición de salud de niña, quien quedó con un serie de secuelas por el tratamiento negligente del virus sincicial en julio de 2010.