Con el fin de conocer antecedentes de la hoja de vida administrativa de los imputados, se reabrió la investigación por malversación de caudales públicos al interior del Hospital Juan Morey de La Unión.

Paralelamente, la Corte de Apelaciones de Valdivia ratificó la prisión preventiva de uno de los eventuales responsables del delito.

La decisión de retomar las indagatorias que habían sido cerradas el 8 de septiembre, se da tras una petición del Consejo de Defensa del Estado, ente querellante en la causa por la que están imputados José Martínez Escalona y Andrés Carrasco Solís, exsubdirector administrativo y exjefe del subdepartamento de contabilidad del recinto.

La solicitud se explica porque el ente argumentó que restaban diligencias por realizar, lo que fue acogido por el Juzgado de Garantía de La Unión, que entregó un nuevo plazo de 20 días, confirmó la fiscal (s) de la comuna, Paola Riquelme.

De acuerdo a información que la Fiscalía entregó a Radio Bío Bío, lo que resta conocer son los antecedentes de la hoja de vida administrativa de ambos imputados, documentos solicitados por la parte querellante.

Según el sitio web del Poder Judicial, la forma de operar habría consistido en disponer de cheques en blanco del hospital, para depositarlos a la cuenta personal de uno de los presuntos responsables, bajo el pretexto de realizar pagos centralizados de gastos, generando una malversación cercana a los 150 millones de pesos.

Paralelo a esto, la Corte de Apelaciones de Valdivia decidió mantener la medida cautelar de prisión preventiva para José Martínez Escalona, cuya defensa buscaba modificarla, lo que finalmente fue desestimado por la instancia.

Así, Martínez Escalona permanecerá con la cautelar más gravosa, mientras que el otro imputado, Andrés Carrillo Solís, cumple arresto domiciliario total.

Este artículo describe un proceso judicial en curso
Existe la posibilidad de que los cargos sean desestimados al finalizar la investigación, por lo cual NO se debe considerar al o los imputados como culpables hasta que la Justicia dicte sentencia en su contra.
(Artículo 04 del Código Procesal Penal)