Afirmar que nuestra preocupación por esa gigantesca parte de Chile debe circunscribirse a la “lucha contra el cambio climático” y la “conservación del medio ambiente” es un error estratégico interesado, sostenido por quienes transformaron esas actividades en lucrativas formas de vida.
El “sujeto geo-histórico” Mar Austral
Con un “ensayo” fechado en agosto de 1831, Bernardo O’Higgins explicaba a un amigo inglés su concepto de territorio de la República de Chile, compuesto, primero, por el “Chile Antiguo” (desde Atacama a La Araucanía) y, luego, por el “Chile Moderno”.
“En terreno”, ese último incluía las regiones al sur de La Araucanía y la Patagonia Occidental y Oriental (“Tierra Magallánica”) y, también al Estrecho de Magallanes, el archipiélago fueguino y las “islas al sur del canal Beagle”. Asimismo -y esto es relevante- al espacio oceánico que, desde el siglo XVII, la carto-bibliografía mundial denominaba “Mar Austral” (en la posterior expresión anglosajona, “Southern Ocean”).
Toda vez que la geografía y la hidrografía del hemisferio sur es hoy “la misma que hace 200 años”, es posible afirmar que las costas chilenas están bañadas no solo por el enorme Océano Pacífico, sino que, al sur del Estrecho de Magallanes, por el Mar Austral (Circumpolar). Chile es ribereño de dos océanos.
La comunidad internacional conoce la extensión y dinámica del Mar Austral desde que se publicaron los resultados de la circunnavegación del “sur más lejano del mundo”, efectuada por la segunda expedición de James Cook (1772-1775). Esas investigaciones comprobaron que, desde la costa occidental de Tierra del Fuego, en “las Américas” la dinámica del Mar Austral se extiende hacia el sur y el sureste, en dirección a la región polar austral (en la costa oriental de Tierra del Fuego y la isla de los Estados esa misma dinámica da origen a la “Corriente de Falkland/Malvinas”, que fluye en dirección noreste).
Educado en Chile, Perú, España, Francia e Inglaterra, O’Higgins “hablaba y leía” inglés y francés, y estaba familiarizado con los resultados de las navegaciones de James Cook. También, con la “geografía moderna” de las Américas encapsulada en los trabajos del cartógrafo real español Juan de la Cruz Cano y Olmedilla, cuyo mapa oficial de “América Merdional” (1775) fue reproducido en Londres por el geógrafo real inglés William Faden (1799).
Una copia de ese mapa fue referente en los viajes de exploración científica que, entre 1801 y 1802, Alexander von Humboldt realizó en Colombia, Ecuador y Perú. En ese diseño cartográfico y político actualizado O’Higgins encontró la expresion “Chile Moderno” empleado por la cartografía imperial española.
A lo largo de los siglos XIX y XX el “territorio chileno” heredado de esa cartografía oficial estableció la “línea de base” empleada por nuestros negociadores del Tratado de Límites con Argentina de 1881, así como el obligado referente geo-legal seguido por quienes representaron al interés de la República durante el Laudo Arbitral (soberanía de las “islas al sur del canal Beagle” 1973-1977) y la subsiguiente Medición Papal, que condujo al Tratado de Paz y Amistad de 1984 (TPA).
El nuevo diferendo marítimo con Argentina
La observación de un mapa contemporáneo de esa región permite comprobar que -sin reconocer ningún tipo de derechos a Argentina-, en 1881 Chile unilateralmente renunció a su soberanía sobre la Patagonia Oriental (con su proyección marítima) y, en 1984 -nuevamente sin reconocer ningún derecho a la Contraparte-, renunció a la proyección de 200 millas hacia al Oriente de las islas Picton, Nueva, Lennox, Barnevelt y del cabo de Hornos.
A cambio, Argentina reconoció, primero, que el estrecho de Magallanes es íntegramente chileno y, segundo (en 1984), que el área marítima del cabo de Hornos se denomina “Mar de la Zona Austral”. Este es un aspecto trascedente, pues -otra vez- para firmar el TPA auspiciado por el Papa Juan Pablo II, a cambio de dicho reconocimiento fue necesario renunciar -una vez más- a la Zona Económica Exclusiva al oriente de la longitud 69°16’ Oeste. El “precio de la paz”.
Pese a ello, con el TPA Chile nunca renunció a la proyección de su plataforma continental hasta y/o más allá de las 200 millas. Se trata de dos entidades distintas del Derecho Internacional del Mar (la “corriente de agua” vis à vis el “suelo y subsuelo marino”).
Aun así, en 2009 un ya conocido reclamo peronista argentino de plataforma continental “reinterpretó” el TPA generando una nueva disputa territorial. Aunque el gobierno que concluye parece no haberse ocupado de ella, esta disputa está en pleno desarrollo.
Esta circunstancia debería convocarnos a prestar atención a los asuntos de la valiosa y extensa región de la República que se extiende al sur del Estrecho de Magallanes.
Complejos desafíos pendientes
En ella el gobierno que asumirá en marzo encontrará complejísimos desafíos diplomáticos, jurídicos, geoeconómicos y geopolíticos, en gran parte derivados de tareas inconclusas que deja el gobierno saliente.
En cuanto a la plataforma continental, los desafíos son dobles.
Primero, habrá que hacerse cargo del “Procedimiento de Conciliación” abierto por Argentina en 2023, nombrando a un(a) representante del país, y a un equipo de expertos que le apoye.
Su tarea será representar a Chile en una Comisión de Conciliación prevista en el TPA, e intentar llegar a un acuerdo con la Contraparte. Si eso no ocurre, entonces ambos países deberán decidir si la disputa es elevada a un “Procedimiento Arbitral”. Se trata de un asunto de, al menos, “mediano plazo”.
En segundo término, el gobierno entrante deberá completar los estudios geo-científicos para determinar con precisión la extensión de nuestra plataforma continental magallánico-antártica, y demostrar que, conforme con el Derecho Internacional del Mar, la proyección de nuestras islas más australes se funde con aquella de la Antártica Chilena.
El objetivo consiste entonces es ilustrar, conforme con el Derecho y las geociencias del siglo XXI, la continuidad geológico-geográfica de Chile, desde y hacia el Polo Sur.
Íntimamente vinculado a lo anterior, será necesario revisar la extensión hacia el Este del mal llamado “Parque Marino Paso Drake-Cabo Hornos” (“Paso Drake” es un anglicismo del siglo XIX que no encapsula el significado geohistórico y jurídico de la antigua expresión castellana “Mar Austral”).
La proyección de la plataforma de este “Parque” “se detiene” a cinco millas de la longitud 67°16’ Oeste, al norte y al sur del Punto F del TPA (“el ultimo confín” pactado en 1984). Una inconsistencia que debe, sin demora, corregirse.
Entendiendo que las proyecciones de plataforma continental de la Antártica Chilena deben, en el Mar Austral, “fundirse” con aquellas de las islas del cabo de Hornos y Diego Ramírez, resulta también necesaria una doble revisión de los alcances del llamado Tratado de Alta Mar (conservación y uso sostenible de la biodiversidad biológica), que Chile ratificó en 2024 (que ni Argentina ni Perú han todavía ratificado).
Primeramente, porque resulta imprescindible notificar a la comunidad internacional los límites exactos de nuestra soberanía sobre el “suelo y el subsuelo” del Mar Austral, con todos sus recursos y con toda su “diversidad biológica”.
Luego, es obligatorio mantener seguimiento de la implementación del Tratado de Alta Mar en espacios “no reclamados de la Antártica”, pero cubiertos por la normativa del Sistema del Tratado de 1959, incluidas áreas al norte de la latitud 60 sur cubiertas por la Convención que regula la pesca antártica (CCMLAR).
Al ratificar ese tratado el actual gobierno hizo bien en depositar una “reserva” que refiere, precisamente, a este aspecto. Su texto es suficiente para que Chile se oponga, desde los principios, a la “internacionalización de la Antártica” (impulsada por países y ONGs carentes de tradición polar, pero con obvios intereses geopolíticos y/o económicos).
Para que asegurar la eficiencia y la eficacia de nuestra diplomacia y la coordinación de nuestras actividades (con recursos públicos), el gobierno entrante debería -además- auditar el grado de aplicación del Estatuto Antártico, la ley que establece principios, objetivos y procedimientos para “uso y ocupación” del sur más lejano de la República.
En este plano es vital poner en ejecución todos los reglamentos previstos en esta ley, pues, transcurridos años desde su dictación, el actual gobierno no completó su elaboración. Grave negligencia. La ausencia de algunos de estos reglamentos entorpece o impide algunas de nuestras actividades turísticas y pesqueras, y favorece a operadores de otros países, en desmedro del interés nacional.
Austro abandonado por el Estado
Según datos demográficos recientes, al sur del Estrecho de Magallanes (bases antárticas incluidas), habitan menos de 10 mil chilenos. En cambio, en ese mismo espacio ya se cuentan casi 200 mil argentinos.
Esto ocurre mientras en el escenario geoestratégico global nuestro sur más lejano es cada vez más relevante (y apetecido). El control de los pasos marítimos, el acceso a los recursos naturales (especialmente de la pesca, ergo proteínas), la relevancia que tales recursos tienen para la bioprospección (con sus múltiples usos industriales), constituyen, entre muchas, razones urgentes para ocuparnos de nuestro sur austral-polar.
Afirmar que nuestra preocupación por esa gigantesca parte de Chile debe circunscribirse a la “lucha contra el cambio climático” y la “conservación del medio ambiente” es un error estratégico interesado, sostenido por quienes transformaron esas actividades en lucrativas formas de vida.
En este plano el interés permanente de Chile exige un análisis y una acción actualizada, contextualizada y de largo plazo. El gobierno que asumirá en marzo tendrá la oportunidad histórica para hacerlo.
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