En fallo unánime, la Primera Sala del tribunal de alzada ratificó la sentencia dictada por el Vigésimo Juzgado Civil de Santiago, que rechazó las excepciones de reparación y prescripción de la acción civil, y que condenó al Fisco al pago de $100 millones como indemnización a una mujer que fue víctima de tortura y agresiones sexuales durante la dictadura, en la ciudad de Victoria.

La Corte de Apelaciones de Santiago confirmó la sentencia que condenó al Fisco a pagar una indemnización de $100 millones por concepto de daño moral, a una mujer que, cuando era estudiante secundaria, fue detenida ilegalmente el 20 de septiembre de 1973, siendo sometida a torturas y agresiones sexuales en dependencias de la Cuarta Comisaría de Carabineros de Victoria, en la región de La Araucanía.

En fallo unánime, la Primera Sala del tribunal de alzada ratificó íntegramente la sentencia recurrida, dictada por el Vigésimo Juzgado Civil de Santiago, que rechazó las excepciones de reparación y prescripción de la acción civil.

La causa surgió de una demanda que el abogado Nelson Caucoto Pereira ingresó en enero del 2020, representando a Elsa del Carmen Quiñones Sepúlveda, con domicilio en la ciudad de Victoria, quien fue detenida por Carabineros el 20 de septiembre de 1973, durante la dictadura, cuando era alumna regular de la Escuela Normal de Victoria y militante del Movimiento de Izquierda Revolucionario (MIR).

De acuerdo con la demanda, en la fecha referida, en el cuartel de la Cuarta Comisaría de Carabineros, la víctima fue sometida a intensos interrogatorios, por al menos 5 días, siendo brutalmente torturada, golpeada y violentada sexualmente por parte de al menos 3 agentes. Dos de estos encapuchados, quienes le exigían informara donde estaban las armas.

Luego por la intervención de un carabinero amigo de su familia, logró recuperar su libertad. Sin embargo, quedó con arresto domiciliario y firma diaria en la unidad policial.

A causa de esta situación, decidió huir clandestinamente a Argentina, para luego terminar de regreso en Chile en 1977.

La sentencia detalla que el tribunal comprende plenamente que las sumas de dinero que se concedan en nada destierran el dolor y aflicción permanentes sufridos por la víctima, debido a las conductas ilícitas ya narradas, cometidas por agentes del Estado, quienes por disposición moral y legal, pese a que estaban encargados de la cautela y seguridad de los ciudadanos, atentaron en los términos más crueles en contra de ellos.