La Corte de Apelaciones de Coyhaique acogió este martes el recurso de protección presentado contra la Municipalidad de Coyhaique y la Secretaría Regional Ministerial de Salud, por los padres de una menor que fue mordida por un perro abandonado en la Plaza de Armas de la ciudad en julio pasado. La niña de 13 años sufrió lesiones, manteniendo actualmente control y esquema de vacunación antirrábica.

En fallo unánime, la sala del tribunal confirmó la acción judicial y ordenó a las recurridas proceder al retiro de los perros vagos de la vía pública de la ciudad en el plazo de una semana.

La resolución judicial explica que ambas instituciones han incumplido no sólo las facultades que las leyes les imponen, sino que -además- han dejado de aplicar las mismas obligaciones que se han autoimpuesto como los deberes que deben cumplir por obligación legal y constitucional en cuanto a la seguridad y cuidado, como garantes, con las personas que transitan, circulan, deambulan o se transportan en la ciudad de Coyhaique, al permitir el registro de canes abandonados o libertos, por negligencia o desidia de sus propietarios en la vía pública.

Corte ordena retiro de perros en situación de calle
Archivo | Agencia UNO

Dada a conocer la situación, la Corte resolvió que “la Municipalidad de Coyhaique deberá proceder al retiro y custodia, en un plazo no mayor a siete días, de todos los canes que se encuentren en la Plaza de Armas, Plaza del Pionero y demás lugares de tránsito, vía y uso públicos, especialmente de aquellos que se encuentren aledaños a establecimientos educaciones o de interés turístico y de los lugares y vías que impliquen su acceso o evacuación de los mismos, en la ciudad de Coyhaique”.

Además, deberá proceder al retiro y custodia de los canes que se encuentren en los accesos a los establecimientos comerciales de toda la ciudad de Coyhaique, como de todas las poblaciones y barrios que la integran.

Una vez concretada la primera orden, el municipio deberá implementar las acciones y actos pertinentes para dar adecuado y estricto cumplimiento a la Ordenanza Número 2, del año 2013, debiendo fiscalizar y denunciar su cumplimiento o incumplimiento ante la autoridad pertinente.

Corte ordena retiro de perros en situación de calle
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La Seremi de Salud de Aysén en tanto, deberá dar estricto cumplimiento a la instrucción de la Circular B3/23, de junio del año 2010, de la Subsecretaría de Salud Pública, en orden a supervigilar que se observe y cumpla con el protocolo de denuncia de animales mordedores; supervisando y cautelando que el cien por ciento de las denuncias por dichos eventos les sean informados o notificados de parte de los servicios de salud, como asimismo, tomar todas y cada una de las providencias que al respecto su normativa le indica.

Finalmente, el fallo sostiene que las medidas ordenadas no requerirán desatender lo dispuesto por la Ley 20.380, relativa a la Protección de Animales.

Desde el municipio informaron que tomaron conocimiento de la resolución dictada por la Corte de Apelaciones y que se referirán durante la presente jornada.