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La Corte Suprema confirmó la condena contra un exoficial del Ejército en retiro por su participación en el secuestro de Mónica Benaroyo Penco en Arica, en 1973. El teniente Juan Iván Vidal Olgueta fue sentenciado a 3 años y un día de presidio como cómplice. Benaroyo, ciudadana uruguaya, fue vista detenida y torturada en un cuartel militar, y sus restos fueron encontrados en 2008.

La Corte Suprema confirmó la condena contra un oficial de Ejército en retiro por su participación en el secuestro calificado de la ciudadana uruguaya Mónica Cristina Benaroyo Pencu, detenida en Arica en septiembre de 1973 y cuyos restos fueron hallados recién en 2008 al interior de un recinto militar en la Pampa Chaca Oest, Arica.

En un fallo unánime, la Segunda Sala del máximo tribunal ratificó la sentencia dictada por la Corte de Apelaciones de La Serena, que condenó al entonces teniente Juan Iván Vidal Olgueta a la pena de 3 años y un día de presidio, en calidad de cómplice del delito.

La Sala Penal —integrada por las ministras Andrea Muñoz y María Cristina Gajardo, y los ministros Manuel Antonio Valderrama, Leopoldo Llanos y el abogado integrante Juan Carlos Ferrada— rechazó el recurso presentado por la defensa, cerrando así una arista judicial que se remonta a hechos ocurridos hace más de cinco décadas.

Mujer uruguaya fue detenida en un hotel en dictadura

Según estableció en la sentencia de primera instancia el ministro en visita extraordinaria Vicente Hormazábal Abarzúa, tras el golpe de Estado del 11 de septiembre de 1973, el coronel Odlanier Mena Salinas asumió como jefe militar de Arica, disponiendo que el Departamento II del Regimiento Reforzado N°4 “Rancagua” participara en “investigaciones, interrogatorios y torturas” de detenidos por razones políticas.

En ese contexto, Mónica Benaroyo Pencu —ciudadana uruguaya y licenciada en filosofía— fue detenida el 14 de septiembre de 1973 por efectivos de la Policía de Investigaciones en el hotel “Tynos” de Arica, donde se hospedaba. Desde allí fue trasladada al cuartel policial y luego, el 20 de septiembre, ingresada a la cárcel pública por orden del VI Juzgado Militar.

Cinco días después, el 25 de septiembre, se ordenó su libertad “por no haberse deducido antecedentes que justificaren la prolongación de la detención”. Sin embargo, nunca volvió al hotel donde residía.

El fallo estableció que en los meses de octubre y diciembre de 1973 fue vista nuevamente detenida y siendo torturada en dependencias del Departamento II del Regimiento Rancagua, tanto en oficinas del segundo piso como en el jardín del recinto militar.

Su cuerpo fue hallado en 2008

Durante décadas no hubo rastro oficial sobre su paradero. Recién el 16 de julio de 2008 sus restos óseos —sin la cabeza— fueron encontrados en un recinto militar en el sector Pampa Chaca Oeste, en Arica.

Los informes periciales del Servicio Médico Legal concluyeron que las osamentas correspondían a Mónica Benaroyo Penco. Además, establecieron que la posición del cuerpo permitía concluir que “fue depositado por terceros” y enterrado “posiblemente en una acción de ocultamiento”.

Su muerte fue calificada como “sospechosa de criminalidad”, mientras que su certificado de defunción, inscrito en 2010, consignó causa de muerte “indeterminada”.

El hallazgo confirmó que, pese a existir una orden formal de libertad, la mujer permaneció bajo custodia militar y fue víctima de desaparición y muerte en circunstancias que la justicia calificó como secuestro calificado.

Rechazo al recurso de la defensa

En su resolución, la Corte Suprema descartó los argumentos de la defensa, que buscaban invalidar la sentencia alegando errores en la valoración de la prueba y la existencia de eximentes de responsabilidad, como el “miedo insuperable” o la obediencia debida.

El máximo tribunal sostuvo que los hechos ya habían sido fijados por los jueces de instancia y que esa valoración probatoria escapa a la revisión de la Corte, salvo infracciones graves.

“Existe ya una interpretación asentada respecto a la invariabilidad de los hechos apuntados por los sentenciadores del grado”, señala el fallo.

Respecto de las eximentes invocadas, la Sala fue categórica: la causal presentada no correspondía a lo alegado por la defensa y, además, la argumentación fue planteada en una vía procesal incorrecta. “En definitiva, el recurso en estudio no podrá prosperar”, concluye la sentencia.

Una historia que tardó 35 años en salir a la luz

El caso de Mónica Benaroyo Penco vuelve a poner en el centro la actuación de organismos militares tras el golpe de Estado y el funcionamiento de recintos como el Departamento II del Regimiento Rancagua, donde —según acreditó la justicia— se realizaron interrogatorios bajo tortura.

Su detención quedó registrada. También su orden de libertad. Pero su desaparición posterior se extendió por más de tres décadas, hasta que sus restos fueron encontrados en un terreno militar.