La Corte Suprema desestimó un recurso presentado por la Superintendencia de Salud para que aclarara los alcances del fallo del máximo tribunal, que ordenaba a las isapres a reajustar el cobro de la prima GES y la devolución de los cobros excesivos.

La Corte Suprema emitió este lunes un fallo por el recurso aclaratorio presentado por la Superintendencia de Salud, sobre los alcances del fallo del máximo tribunal que ordenaba a las isapres ajustar a la baja el precio por las GES en sus planes

La Superintendencia había presentado un recurso para que la Corte Suprema dictara cómo se debía cumplir el fallo, sin que fuese necesario judicializar cada caso. También solicitaba que estas instrucciones se pudiesen aplicar en seis meses.

Pero la Suprema falló y determinó que “No ha lugar” para el fallo, afirmando que la sentencia cuestionada no hay “puntos obscuros o dudosos que aclarar”.

“En estas circunstancias no se advierte una determinación general que deba adoptar la Superintendencia de Salud en el cumplimiento de la sentencia, y la actividad que le corresponde al respecto es instar por el cumplimiento del fallo por la Isapre recurrida en los términos dispuestos por esta Corte”, sostiene el fallo de la Suprema.

Cabe recordar que en agosto de 2023, una nueva sentencia del máximo tribunal de justicia chileno anuló las alzas aplicadas en octubre de 2022 y determinó que el tope a cobrar respecto de la prima GES por parte de las isapres es de 7,14 UF anuales, que corresponde a la suma establecida en el proceso GES del 2019. Actualmente, dicha suma sobrepasa levemente los $257 mil.

“El fallo de GES es un elemento gravísimo. Si se aplicará el GES, lo más probable es que, no más allá de tres meses, las isapres no podrían mantener el equilibrio, mantener las coberturas”, declaró Gonzalo Arriagada, presidente de la Asociación de Isapres, ante el Senado.