Martín Larraín, hijo del exsenador de Renovación Nacional, Carlos Larraín, fue absuelto de los cargos en su contra por el atropello con resultado de muerte de Hernán Canales, de 39 años, ocurrido en Curanipe el 18 de septiembre de 2013.

La Comisión Interamericana de Derechos Humanos declaró admisible una demanda contra el Estado de Chile presentada por la familia de Hernán Canales, quien murió el 18 de septiembre de 2013 tras ser atropellado por Martín Larraín Hurtado, hijo del expresidente de Renovación Nacional Carlos Larraín Peña.

Sin embargo, el imputado fue absuelto en el segundo juicio que enfrentó ante el Tribunal Oral de Cauquenes.

Cuando la jueza en ese entonces, Claudia Mora Cuadra, leyó el veredicto, destacó que “no se pudo comprobar que el impacto ocurriera fuera en la berma”, y resaltó que Canales “se desplazaba por la ruta con 2,43 grados de alcohol en su sangre”.

La abogada especialista en Derechos Humanos, Karina Riquelme, ahondó en la pérdida de credibilidad hacia instituciones que fallan a favor de intereses particulares.

En ese sentido, apuntó a la reparación que significaría un resultado a favor de la familia Canales.

Asimismo, el abogado también especialista en la materia, Mauricio Daza, reconoció que pese a lo que dicte la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, Chile no posee un mecanismo legal definido para hacer valer sentencias de tribunales internacionales dictadas contra el Estado.

Ante la petición presentada por la familia de la víctima luego de una década en el silencio, la Comisión reconoció que el caso requiere un estudio de fondo, pues los hechos alegados podrían caracterizar violaciones a los artículos 8, de garantías judiciales; 24, de igualdad ante la ley y 25, de protección judicial.