De manera unánime, la Tercera Sala de la Corte Suprema revocó un fallo de la Corte de Apelaciones de Santiago y ordenó el pago de una asignación antártica en las pensiones de dos viudas del Ejército, quienes perdieron a sus cónyuges en el accidente del avión Hércules C-130 de la FACh en diciembre de 2019.
En su sentencia, el máximo tribunal estableció un actuar arbitrario en el caso por parte del Ministerio de Defensa y el Ejército de Chile, ya que la FACh sí incluyó la referida gratificación en los montepíos que la institución procesó.
No obstante, la Sala Constitucional aclaró que esta acción no podrá ser acogida respecto de la Caja de Previsión de la Defensa Nacional, ya que esta solo actúa como órgano pagador, sin incidencia en la concesión o denegación de la prestación que se pretende.
De esta manera, los abogados de las recurridas, Ciro Colombara, Aldo Díaz y Carola Cotroneo, interpusieron un recurso de protección invocando el derecho de igualdad ante la ley.
“Se puede concluir que la recurrente se encuentra en idénticas condiciones que los beneficiarios del personal fallecido y desaparecido que pertenecía a la Fuerza Aérea de Chile”, se lee en una resolución de la Suprema.
“El accidente del avión Hércules ha sido durísimo para los familiares de las 38 víctimas”, indicaron los abogados Colombara y Díaz.
“Aún no se sabe la verdad de lo ocurrido ni el nombre de los responsables. Este es un primer paso de reparación para los familiares”, añadieron.
“La Corte Suprema nos dio la razón. Efectivamente, la posición del Ministerio de Defensa y del Ejército era ilógica y poco razonable, siendo ilegal y arbitraria. Seguiremos luchando para conocer la verdad de lo ocurrido con el Hércules”, complementaron.