Entre marzo y junio de 2020, la compañía facturó a una gran parte de sus clientes en base "a consumos estimados", como consecuencia de la suspensión de lectura pedestre de medidores producto de la pandemia.

La Corte de Apelaciones de Santiago rechazó un reclamo de ilegalidad interpuesto en contra de la resolución dictada por la Superintendencia de Electricidad y Combustibles (SEC), que aplicó una multa de 10.000 UTM ($633.100.000) a la empresa eléctrica Enel Distribución Chile SA.

Lo anterior fue por infracciones en el proceso denominado “facturación provisoria” aplicado en abril de 2020, en medio de la crisis sanitaria.

En fallo unánime (causa rol 319-2022), la Tercera Sala del tribunal de alzada “descartó infracción en el proceso sancionatorio adoptado por la autoridad fiscalizadora”.

En diciembre de 2020, Enel se defendió ante dichos de la SEC que indicaban que excluyó de la facturación provisoria la tarifa del cargo de transmisión.

La compañía en ese momento reiteró que la forma en que se determinó el monto facturado provisorio no constituía un error.

Entre el 25 de marzo y el 15 de junio de 2020, la compañía facturó a una gran parte de sus clientes en base “a consumos estimados”, como consecuencia de la suspensión de lectura pedestre de medidores producto de la pandemia.

En julio de este año, la SEC formuló nuevos cargos contra Enel por boletas con consumos estimados y no atender reclamos.