La Corte Suprema acogió el recurso de protección presentado en contra de la empresa Equifax Chile S.A., encargada del Directorio de Información Comercial (Dicom) por negar la entrega de un informe solicitado por Nicolás Tota Bustamante, titular de los datos.

En fallo unánime, el máximo tribunal estableció el actuar arbitrario de la empresa al denegar un derecho inobjetablemente establecido en favor del recurrente. Le asegura, después, al titular de dichos datos, el derecho personalísimo de acceder gratuitamente y cada seis meses a un documento que dé cuenta de la información actualizada registrada a su
respecto.

Lee también: Conoce los simples pasos para saber si estás en Dicom y obtener tu informe financiero

Argumento y fallo

“Que de la sola lectura de la norma transcrita -inciso primero del artículo 12 de la Ley 19.628-,aparece que el legislador estableció un derecho personalísimo al titular de los datos almacenados para solicitar un registro actualizado de éstos siempre que haya transcurrido a lo menos seis meses desde la anterior solicitud”, señala el fallo.

Además, la resolución agrega: “En efecto, no ha sido controvertido por la recurrida que se trataba de la primera solicitud del año realizada por el recurrente, la que ejecutó personalmente y requiriendo su información personal, ciñéndose entonces a cabalidad con lo prescrito en la norma precedentemente citada”.

El fallo agrega que: “en consecuencia, el actuar de la recurrida transgrede la norma legal señalada al desconocerle un derecho inobjetablemente establecido en favor del recurrente, vulnerando su derecho de igualdad respecto de otras personas que amparados en dicha disposición sí han obtenido de manera gratuita el registro de sus datos personales como asimismo el derecho de propiedad al obligarlo a incurrir en un pago respecto del cual se encuentra exento”.

Por lo tanto. concluye: “se revoca la sentencia apelada de treinta y uno de agosto de dos mil diecisiete y en su lugar se dispone que se acoge el recurso de protección disponiendo que la recurrida haga entrega sin costo de la copia del registro actualizado de los datos financieros del recurrente“.